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Descripción

MÓDULO I: CONOCE TUS HABILIDADES EMPRENDEDORAS

1.1. ¿Qué son las habilidades emprendedoras?

1.2. ¿Cuáles son las habilidades emprendedoras que permiten obtener logros?

1.3. Características de las personas emprendedoras

1.4. Conviértete en un profesional.

1.5. Autoconocimiento. Conocerse y trabajar sobre el desarrollo personal, las motivaciones, la visión personal, los valores. Destrabar las barreras internas y culturales para emprender.

MÓDULO 2. CONSIDERACIONES PREVIAS

  • Recordando qué es el TDAH.
  • El TDAH, la escuela y la familia.

MÓDULO 3.  INTERVENCIÓN EDUCATIVA DESDE EL CENTRO ESCOLAR

  • Los principios pedagógicos de la intervención.
  • Conocer el TDAH.
  • La «Ley del Tambor».
  • Los programas de detección precoz.
  • Medidas preventivas y de intervención generales.
  • La coordinación en el centro.
  • La coordinación con los servicios sanitarios.

MÓDULO 4. INTERVENCIÓN EDUCATIVA EN EL AULA

  • Medidas preventivas generales.
  • Ayudarles a ser organizados.
  • Anotar los deberes, trabajos y planificar a medio plazo.
  • Cuaderno y útil de escritura.
  • El cuaderno único.
  • La gestión del espacio.
  • Gestión del tiempo.
  • Cómo dar las instrucciones en el aula.
  • Pautas para las explicaciones del profesor.
  • La técnica del alumno ayudante.
  • Orientaciones sobre las actividades.
  • Actividades de comprensión de instrucciones.
  • Orientaciones sobre los deberes para casa.
  • La evaluación del alumno con TDAH.
  • Medidas frente a la hiperactividad en el aula.
  • Gestionar los problemas de conducta.
  • Gestionar las conductas inadecuadas.

MÓDULO 5. INTERVENCIÓN EDUCATIVA EN EL CONTEXTO FAMILIAR

  • Actitudes básicas.
  • Primeras medidas de actuación en el hogar.
  • Otras medidas generales de actuación.
  • Pautas sobre el aprendizaje escolar.
  • La relación con el colegio y los servicios sanitarios.
  • Favorecer otros aprendizajes.
  • Garantizar tiempo libre y de juego.
  • Cómo manejar el comportamiento del niño con TDAH.
  • Actuación frente a comportamientos inadecuados.
  • La relación con otros niños.
  • Intervención en aspectos emocionales.
  • Cómo debes informar a tu hijo de que presenta TDAH.
  • El cuidado de la familia.

MÓDULO 6.  INTERVENCIÓN INDIVIDUAL EN EL TDAH

  • Criterios para la intervención individual.
  • Estrategias generales para la intervención.
  • Aspectos transversales de la intervención.
  • Actividades para estimular la atención.
  • Actividades de planificación y anticipación.
  • Actividades para estimular la memoria de trabajo.
  • Actividades de flexibilidad e inhibición.
  • Actividades de velocidad de procesamiento.
  • El acompañamiento personal del niño con TDAH.
  • Cómo organizar la intervención individual.

Objetivos

El objetivo de este Curso Presencial es fomentar las habilidades emprendedoras del alumnado para convertirte en un@ profesional del ámbito ocupacional.

El Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad es el trastorno del DSM5 más frecuente en la población infantojuvenil, de ahí la importancia de formar a docentes, personal sociosanitario y de apoyo que tenga contacto con la población joven en el reconocimiento y tratamiento del TDAH. Afrontar el correcto diagnóstico, apoyo y adaptación curricular a los estudiantes con TDAH es, además, un reto al que todo docente se enfrenta durante su carrera profesional en el objetivo de conseguir el éxito personal y escolar de su alumnado.

El Curso Presencial en Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) te da a través de su enfoque práctico y aplicado a la realidad profesional, una formación que garantice tu éxito en la consecución de una educación inclusiva, equitativa y de calidad y que promueva oportunidades de aprendizaje para todos.

Temporalización
Localización

¿A quién va dirigido?

A personas mayores de 18 años dispuestos a adquirir conocimientos especializados sobre el TDHA con el fin de demostrar sus habilidades emprendedoras en el ámbito ocupacional.

CONTACTO

beatriz.sanchez@camaracaceres.es

informe-de-valoracion-programa-competitividad-turistica-2023-2aconvocatoria

Noticias

Carnicero/a

08 mayo 2023

relacion-de-beneficiarios-bruselas-2023

Relación de beneficiarios a la convocatoria de ayudas Misión Comercial Directa plurisectorial a Bruselas 2023.

Nº Orden de Presentación RAZÓN SOCIAL AYUDA MÁXIMA APROBADA
01 EFICAE IOTECH S.L. 660 €
02 CEDESA DIGITAL S.L. 660 €
03 METRIKAMEDIA SL 660 €
05 LAPSOWORK, S.L. 660 €
06 CRIPTOSASUN ENERGIA, S.L. 660 €
07 ESCUELA DE CONKISTADORES S.L. 660 €
08 HEURISTIC SOLUTIONS S.L. 660 €
09 ILEX GREEN S.L 660 €
10 LABORATORIO AGROALIMENTARIO INDUSTRIAL S.L. 660 €
11 EXTRAPOLYMERS S.L. 660 €

Notas:

1.- El importe máximo de gasto objeto de subvención por empresa beneficiaria del Plan Internacional de Promoción está financiado al 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). El 20% restante será aportación privada.

2.-La normativa reguladora de estas ayudas fue publicada en el BOP Cáceres de 11/01/2021 así como en la sección «Convocatorias Proyectos Europeos» de la web: www.camaracaceres.es.

3.- El importe máximo de gasto subvencionable al que las empresas admitidas tienen acceso es de 660€ tal y como se indica en la convocatoria de esta acción. En el caso de participación de una segunda persona por parte de la misma empresa el importe total máximo objeto de subvención por empresa beneficiaria ascendería a 1320 €.

Las empresas participantes afirman que: «Soy conocedor de que esta actuación está cofinanciada con Fondos Europeos y me comprometo a indicarlo así siempre que deba hacer referencia a la misma, frente a terceros o a la propia ciudadanía. Por la importancia que considero tienen este tipo de ayudas para nuestra empresa, es por ello que valoro muy positivamente la contribución del FEDER, principal fondo de la Política de Cohesión europea, por lo que supone de impulso a nuestro trabajo y en consecuencia al crecimiento económico y la creación de empleo de la región en que me ubico y de España en su conjunto”.

SEGUNDO. Denegar las solicitudes que se relacionan a continuación, por los motivos que se expresan a continuación

  • Código 01 Por encontrarse indebidamente cumplimentada la solicitud o no acompañarse de toda la documentación requerida, habiendo transcurrido el plazo concedido para su subsanación (indicar en observaciones la documentación que falta).
  • Código 02: Por no cumplir los criterios imprescindibles de participación en el programa (señalar en observaciones qué requisitos faltan o qué extremos no se han acreditado suficientemente).
  • Código 03: Por las limitaciones presupuestarias encontradas ante el número de solicitudes recibidas. Indicar si procede incluir a la empresa en la lista de espera del programa.
  • Código 04: Por cualquier otro motivo (especificar/desarrollar el motivo).
RAZÓN SOCIAL MOTIVO DENEGACIÓN
Código Observaciones
04 ETULOS SOLUTE SL 02 No cumple la norma de minimis contenida en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis
11 LAZARO PASTELEROS S.L. 02 No pertenecer a uno de los sectores a los que va dirigida la convocatoria: empresas de ingeniería, consultoría en comercio exterior, despachos profesionales y otras PYMES cuyo negocio esté relacionado con las licitaciones internacionales, así como empresas auxiliares e intermediarias que presenten servicios de consultoría de comercio exterior como traders, agentes y/o representantes de empresas que busquen socios y partners para el acceso a licitaciones internacionales, con Sede en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

closingap-y-la-camara-de-comercio-de-caceres-se-unen-para-impulsar-buenas-practicas-en-igualdad-de-genero-entre-las-empresas-de-la-region

ClosinGap y la Cámara de Comercio de Cáceres han celebrado este viernes la jornada ‘Impacto de la igualdad en el crecimiento empresarial’.

Esta sesión, enmarcada en un proyecto de diferentes jornadas de sensibilización por todo el territorio español desarrollado junto a la Cámara de Comercio de España, pretende impulsar un cambio significativo en la cultura empresarial de Cáceres, particularmente en las pymes, fomentando la adopción de prácticas que permitan a las empresas ser más competitivas y sostenibles desde la igualdad de género.

Esta jornada tiene su origen en una alianza sellada entre ClosinGap y la Cámara de Comercio de España. Se desarrollarán trece jornadas de sensibilización de estas características en todo el territorio español a través de esta unión con el objetivo de extender buenas prácticas en igualdad de género a los diferentes puntos de la geografía del país.

Para ello, los representantes de ClosinGap han puesto en marcha una sesión de políticas empresariales efectivas en igualdad de género, en el que han compartido los contenidos y herramientas útiles para gestión empresarial en este terreno recogidas en las más de 300 buenas prácticas que recopila la actualización del toolkit de ClosinGap.

Estas permitirán a las empresas implementar políticas efectivas de igualdad de género en procesos de selección, fomentar la presencia femenina en puestos de responsabilidad, impulsar la igualdad salarial, fomentar la conciliación, el bienestar y la salud, promover la digitalización y fomentar vocaciones STEM, así como apoyar proyectos de acción social destinados a impulsar la igualdad.

Asimismo, también se ha reflexionado sobre el talento empresarial femenino en el ámbito rural, en una mesa inspiracional que ha contado con la presencia de Pilar Acosta, gerente del Gran Hotel Don Manuel de Cáceres, y Rosario Cerrato, directora de Innovación de Ingulados.

El desarrollo de esta actividad ha permitido impulsar el intercambio de ideas y experiencias entre las personas asistentes con el objetivo de profundizar en los factores que influyen en el desarrollo de más referentes empresariales mujeres en la región.

El presidente de Mapfre y miembro de la Junta Directiva de Closingap, Antonio Huertas, ha querido mostrar su satisfacción por desarrollar una jornada de estas características de la mano de la Cámara de Comercio de Cáceres. “Desde el comienzo de nuestra trayectoria, concebimos la colaboración público-privada como un instrumento fundamental para acometer los retos que nos pone por delante la brecha de género en nuestro país. Poder desarrollar una jornada de estas magnitudes junto a la Cámara de Comercio de Cáceres es una muestra más de que juntos podemos abordar de una manera más eficaz las barreras que impiden a las mujeres desarrollar su pleno potencial en la sociedad”, ha apuntado.

 Por su parte, el presidente de la Cámara de Comercio de Cáceres, Gabriel Álvarez Arroyo, ha destacado que “este encuentro, que organizamos con la colaboración de Closingap y la Cámara de Comercio de España, es un paso más para dar visibilidad al liderazgo de la mujer en el tejido empresarial y poner en valor el extraordinario talento empresarial y emprendedor que aportan las mujeres en el tejido productivo de nuestra tierra”. “Reducir la brecha de género es un compromiso y un reto que el tejido empresarial de la provincia de Cáceres está afrontando con actuaciones que sitúan a la igualdad de género como un ítem estratégico en la empresa”, ha añadido.

Esta jornada ha contado igualmente con la intervención de la Directora de Relaciones Externas y de Comunicación de Mapfre, Eva Piera, encargada de dar a conocer las 300 medidas que engloban el Tookit elaborado por Closingap.

La mesa inspiracional que ha completado esta jornada sobre igualdad empresarial, ha sido protagonizada por la gerente del Gran Hotel Don Manuel, Pilar Acosta, y la directora de Innovación de Ingulados, Rosario Cerrato, quienes han subrayado en la “importancia de incidir en la formación empresarial a las nuevas generaciones”, a lo que han añadido que “el talento empresarial no tiene género” y en la necesidad de trabajar en “medidas flexibles” que permitan una menor carga social y económica.

Cabe destacar que la financiación de esta acción cuenta con el respaldo del Fondo Social Europeo, un instrumento financiero de la Unión Europea que tiene como objetivo promover el empleo y fortalecer la cohesión económica y social entre los Estados miembros. Este fondo proporciona apoyo financiero a proyectos que fomentan la creación de empleo, la inclusión social y la igualdad de oportunidades en toda Europa. Además, busca reducir las desigualdades regionales y garantizar un acceso equitativo a la formación y el aprendizaje a lo largo de toda la vida.

CONTENIDO DE LA FORMACIÓN:

1. EMPRENDIMIENTO.
– Personalidad y estudios.
– Cualidades y descripción personal.
– Cualidades del emprendedor.
– Capacidades para emprender.
– Emprender, una actividad de equipo.
– Identificación de problemas para aportar soluciones.
– ¿Cómo se genera una idea?
– ¿Cómo elegir la mejor oportunidad?
– La idea de negocio y el mundo start up.
– Etapas previas a la solución del problema u oportunidad.
– Dinámicas creativas: Brainwritting, brainstorming y scamper.
– Modelos de negocio.
– Cómo presentar tu idea: el prototipo y la presentación.

2.ORIENTACIÓN PROFESIONAL.
– El mercado de trabajo: población activa e inactiva. Tasas.
– Desempleo: tipos y causas. Medición del desempleo.
– Los estudios, el mercado de trabajo y la distribución salarial.

3. MANICURA CONVENCIONAL.
– Estructura de las uñas.
– Estudio de las alteraciones patológicas y no patológicas.
– Estudio estético.
– El espacio y las herramientas de trabajo.
– Limpieza, desinfección y esterilización del espacio y las herramientas de trabajo.
– Servicios básicos de manicura. Protocolo de trabajo y ficha técnica.
– Atención al cliente.

4. MANICURA SEMIPERMANENTE.
– Cosméticos y herramientas necesarios.
– Protocolo de trabajo.
– Retirado del esmaltado semipermanente.
– Preguntas frecuentes.
– Decoración y diseño.

5. VISAGISMO.
– Definición.
– Tipos de óvalos.
– Tipos de facciones.
– Correcciones.
– La frente.
– Las cejas
– Los ojos.
– La nariz.
– La boca.
– El mentón.

6. MAQUILLAJE.
– Maquillaje de día.
– Maquillaje de tarde-noche.
– Maquillaje de fiesta.
– Maquillaje de novia.
– Maquillaje de hombre.

7. TÉCNICAS BÁSICAS DE MARCADO.
– Marcado con secador.
– Marcado con plancha.
– Ondas al gua.
– Trenzas.

8. RECOGIDOS.
– Recogidos altos.
– Recogidos medios.
– Recogidos bajos.
– Recogidos de novia.

La entrada ESTÉTICA Y COSMETOLOGÍA: Abre tu centro de belleza se publicó primero en Cámara de Comercio e Industria de la provincia de Cáceres.

visita-profesional-y-mision-comercial-directa-a-la-feria-summer-fancy-food,-nueva-york-2023

Convocatoria de prestación de servicios de apoyo a la promoción internacional, así como para la concesión de ayudas económicas a pymes de Extremadura, en régimen de libre concurrencia, para promover su participación en la Visita Profesional y Misión Comercial Directa a la feria Summer Fancy Food, Nueva York 2023

La Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, junto a la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Cáceres, han puesto en marcha el programa Plan Internacional de Promoción en el marco del programa operativo «Plurirregional de España FEDER 2014-2020 PO», estando cofinanciado en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

El programa, que persigue servir de apoyo a la internacionalización, ha sido creado con el fin de mejorar la propensión a exportar y la base exportadora de la economía española; diversificar los mercados de destino de la exportación española e incrementar la competitividad de la economía española para impulsar España como destino de inversión.

Dentro del Plan Internacional de Promoción se incluyen aquellas acciones consistentes en Actividades de Promoción Internacional, Actividades de Sensibilización e Información, y Actuaciones Especiales de interés para las Pymes que se adecuen al objeto de contribuir a la internacionalización de las Pymes españolas.

Asimismo, estas acciones se encuadrarán dentro del Plan Cameral de Internacionalización que anualmente las Cámaras han de elaborar y ejecutar de conformidad con lo recogido en el art. 22 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. Teniendo en cuenta lo anterior, las actividades deberán ser conformes con las orientaciones y directrices básicas del citado Plan Cameral.

2.      Entidad convocante

La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios de Cáceres (en lo sucesivo, la “Cámara de Comercio de Cáceres, o la “Cámara”), Corporación de derecho público con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, regida por la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación España y por la Ley 3/2018 de 21 de febrero de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La concesión de las ayudas se regirá por lo dispuesto en la presente convocatoria de conformidad con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

Asimismo, son de aplicación al Programa, en la medida en que las actuaciones son cofinanciadas con fondos FEDER de la Unión Europea, el Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo; y el Reglamento (UE) nº 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1080/2006 , así como las normas comunitarias aplicables en cada caso y las normas nacionales de desarrollo o transposición de aquéllas.

La presente convocatoria tiene por objeto promover la participación de pymes y autónomos de la Comunidad Autónoma de Extremadura o de la demarcación territorial de la Cámara de Cáceres en la actuación Visita Profesional y Misión Comercial Directa a la feria Summer Fancy Food, 2023 que se celebrará en Nueva York, (Estados Unidos) entre los días 25 al 27 de junio de 2023 (ambos incluidos), por lo que las empresas podrán desplazarse desde el día 23 al 29 de junio de 2023 (ambos incluidos).

5.      Requisitos de los Beneficiarios

La actuación visita profesional a la feria internacional Summer Fancy Food Show 2023, que se celebrará en Nueva York (Estados Unidos), va dirigida principalmente a los sectores agroalimentarios, de bebidas, de hostelería, de restauración, de catering y de agroturismo así como empresas auxiliares e intermediarias de comercio exterior como traders, agentes y/o representantes de empresas exportadoras o potencialmente exportadoras con Sede en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Además, se ha tener en cuenta que, con carácter general, las actuaciones del Plan Internacional de Promoción van dirigidas a Pymes (según la definición de la Unión Europea) potencialmente exportadoras y/o exportadoras, o que deseen consolidar sus departamentos de comercio exterior, abrir mercados en el exterior o utilizar cualquiera de los instrumentos contemplados en el detalle de gastos elegibles como herramienta para aumentar o consolidar sus ventas en el mercado en cuestión (una misma empresa podrá participar varias veces en el programa puesto que las actuaciones son diferentes. En caso de que se organice la misma actuación en varias anualidades, una misma empresa podrá participar un máximo de 4 veces en la misma).

Las condiciones imprescindibles para optar al programa de ayudas son:

  • Ser una PYME o autónomo, de acuerdo con la definición de pyme según la definición recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 http://www.boe.es/doue/2014/187/L00001-00078.pdf o autónomo.

Quedan excluidas de esta convocatoria las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.

  • Estar dada de alta en el Censo del IAE.
  • Ser una empresa industrial, comercial y/o de servicios de cualquier sección del IAE, sin perjuicio del pleno respeto a lo dispuesto por los Reglamentos o Directivas comunitarias especiales establecidos en el marco del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. En el caso de empresas que operen en el sector primario, podrán ser beneficiarias las empresas que desarrollen producto transformado siempre y cuando estén dadas de alta en el IAE con actividad comercializadora y la ayuda se dirija específicamente a dicha labor comercializadora.
  • Que tengan su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura o de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Cáceres, de conformidad con los datos recogidos en el censo. En el caso de que una empresa posea varias sedes o centros productivos. el centro destinatario y directamente beneficiario del Programa ha de estar ubicado en alguno de los municipios citados.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 18, del Reglamento (UE) Nº 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y conforme a la definición establecida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C149/01).
  • Cumplir la norma de minimis contenida en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L 352 de 24.12.2013) [1] (la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros o 100.000 euros en el caso de las empresas que operen en el sector transporte por carretera, durante cualquier período de tres ejercicios fiscales).
  • Cumplir la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

Los extremos enumerados anteriormente se acreditarán mediante la aportación de la siguiente documentación:

  • Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones de participación y de ayudas (según Anexo II de esta convocatoria)
  • DNI del solicitante (en caso de persona física) o DNI del firmante de la solicitud con poderes suficientes (en caso de persona jurídica).
  • En el caso de personas jurídicas:
  • Poder de representación de la persona que presenta la solicitud (la persona firmante deberá tener la condición de representante legal de la empresa).
  • Acta de titularidad real de la empresa, en su defecto, escritura pública en la que se pueda identificar al titular real de la empresa solicitante.
  • Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa.
  • En el caso de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, la empresa autoriza a la Cámara de Comercio a realizar la consulta telemática de su situación con AEAT y Seguridad Social, a efectos de la Ley General de Subvenciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 2.4 de la Orden de 18 de noviembre de 1999 por la que se regula el suministro de información tributaria a las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones, así como los supuestos contemplados en el artículo 113.1 (actual artículo 95.1) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Esta autorización se otorga, exclusivamente, a los efectos del reconocimiento, seguimiento y control de los requisitos establecidos en programa objeto de la presente solicitud, pudiendo ser revocada, en cualquier momento, mediante escrito dirigido a la Cámara de Comercio

6.      Conceptos y cuantía de las ayudas.

El presupuesto máximo de ejecución de la actuación Visita Profesional y Misión Comercial Directa a la feria Summer Fancy Food de Nueva York 2023 en el marco de esta convocatoria es de 16.489,20 euros, en el marco del programa operativo «Plurirregional de España FEDER 2014-2020 PO» y queda dividido de la siguiente manera:

6.1 Servicios de apoyo de la Cámara de Comercio de Cáceres.

Estos servicios se realizan en el marco de las funciones de carácter público-administrativo encomendadas a las Cámaras de Comercio   en la Ley Básica 4/2014, para fortalecer el tejido empresarial a través del desarrollo de actividades de apoyo y estímulo al comercio exterior.

El presupuesto disponible en esta convocatoria para estos servicios es de 7.489,20 euros y comprende los siguientes conceptos:

  • Labores de preparación y definición de las necesidades de las empresas.
  • Acompañamiento del técnico cameral y asistencia a las empresas participantes.
  • Elaboración de dossier informativo sobre país que incluya información relevante sobre el sector objeto de la feria.
  • Agenda de trabajo personalizada e individualizada para cada empresa participante.
  • Desplazamientos en destino.

Estos costes serán prefinanciados en su totalidad por la Cámara de Comercio de Cáceres, no suponiendo desembolso alguno, ni coste por parte de la PYME beneficiaria.

La financiación para el desarrollo de estos servicios será aportada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea y por la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura.

6.2 Ayuda económica a las pymes participantes

El presupuesto disponible en esta convocatoria para las ayudas económicas a las pymes participantes es de 9.000 euros y comprende los conceptos gastos que se relacionan a continuación y que están recogidos en el anexo IV de gastos elegibles que se publica con esta convocatoria.

  • Gastos reales en concepto de billetes del medio de transporte (avión, tren) desde el país de origen al de destino y/o alojamiento hasta el límite de la bolsa de viaje que en el caso de Nueva York (costa esta de Estados Unidos) ascienden a 1.500 euros por empresa.

Con el ánimo de que participen el mayor número de empresas posibles sólo será financiable una única bolsa de viaje por empresa participante. Sólo se admitirá una segunda bolsa por parte de la misma empresa en el caso de que finalizado el plazo de inscripción de la convocatoria existiera disponibilidad presupuestaria que dieran lugar a plazas vacantes. Por este motivo, si una empresa desea que en la acción participe más de un representante de su empresa deberá solicitar una segunda bolsa de viaje en el momento de presentar la solicitud (anexo IV de la convocatoria). Para la concesión de las peticiones de segundas bolsas de viaje se seguirá estrictamente el orden de prelación de las solicitudes de las empresas inscritas.

En cualquier caso, no serán elegibles los gastos de viaje que no se circunscriban a las fechas y destinos aprobados en la Acción.

El número máximo de empresas beneficiarias previsto asciende a 6.

El importe total máximo objeto de subvención por empresa beneficiaria, asciende a 1.500 €.

En el hipotético caso de que se admita la participación de una segunda persona por parte de la misma empresa el importe total máximo objeto de subvención por empresa beneficiaria ascendería a 3.000€.

La cuantía total de la ayuda correspondiente al FEDER asciende a 1.200 €, 80% del importe elegible de los gastos indicados, (2.400€ si se autoriza la participación de un segundo representante por empresa), siendo el 20% restante aportado por la empresa beneficiaria.

Compatibilidad de la ayuda.

Las ayudas económicas ofrecidas en el Programa se ajustan a los Reglamento UE Nº1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a las ayudas de mínimis, y son compatibles con otras ayudas públicas para distinto objeto y finalidad.

7.      Presentación de solicitudes

Los interesados sólo podrán presentar su solicitud y documentación que se acompañe a la misma, a través del formulario habilitado a tal efecto en la Sede electrónica https://sede.camara.es/sede/caceres en los términos previstos en la presente convocatoria.

El plazo para la presentación de solicitudes se abre a las 09:00h del día hábil siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Cáceres y finaliza el 30/05/2023 a las 14 horas o una vez se hayan cubierto las 6 solicitudes de ayuda aprobadas por la Cámara de Comercio de Cáceres.

Sólo se admitirá a trámite la presentación de una solicitud por empresa [o autónomo].

La solicitud de participación se firmará electrónicamente por el interesado o por la persona que acredite su representación legal por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de su existencia. El firmante de la solicitud deberá acreditar que en el momento de la presentación de la solicitud tiene representación suficiente para el acto.

El solicitante deberá disponer de certificado electrónico reconocido. En la dirección de Internet señalada anteriormente figura el listado de autoridades de certificación cuyos certificados son admitidos por la Sede electrónica.

Si un mismo interesado presentara diferentes solicitudes a esta convocatoria, se tomará en consideración únicamente la primera registrada en plazo en la Sede electrónica y no se admitirán a trámite las posteriores.

No se admitirá a trámite ninguna solicitud que se haya presentado por canales distintos a la Sede electrónica o con posterioridad a la fecha límite de presentación de solicitudes establecida en la presente convocatoria.

Sólo se considerarán válidamente presentadas aquellas solicitudes que cumplan las siguientes condiciones mínimas : I) los campos identificados como obligatorios en el formulario de solicitud de la Sede deben estar debidamente cumplimentados y su contenido resultar comprensible y coherente con la información solicitada, y II) los documentos obligatorios que se adjunten al formulario de solicitud de participación deben referirse a la empresa solicitante y su contenido responder claramente a la finalidad con la que se solicitan, no admitiéndose los documentos que no cumplan estas condiciones.

El incumplimiento de alguna de las citadas condiciones mínimas, que no obedezca a errores materiales o aritméticos, conllevará la inadmisión a trámite de la solicitud.

Las solicitudes que cumplan las condiciones mínimas establecidas serán objeto de valoración, siempre que exista disponibilidad presupuestaria.

Si la solicitud y/o documentación aportada contuviera errores subsanables, se requerirá a la entidad solicitante, para que, en el plazo de 10 días hábiles, computados desde el día siguiente al de la recepción del requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de la solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La documentación se presentará por los medios electrónicos previstos en la convocatoria.

Podrán admitirse solicitudes que superen el cupo establecido al efecto de disponer de una lista de espera (de 10 empresas) para el caso de que alguna de las solicitudes admitidas desistiese del proceso o bien la ejecución final fuera inferior a la estimada y quedasen remanentes disponibles.

La presentación de la solicitud supone la aceptación expresa de los requisitos, condiciones y obligaciones contenidos en la presente convocatoria.

Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de la información y los documentos proporcionados.

8.      Procedimiento de Concesión, Criterios de Selección y Resolución

La concesión de ayudas respetará los principios de publicidad, transparencia, libre concurrencia, igualdad y no discriminación y estará limitada a las disponibilidades presupuestarias.

La evaluación de solicitudes de participación y admisión de empresas al Programa se realizará por estricto orden de registro de entrada en la Sede Electrónica.

El Área de Comercio Internacional de la Cámara de Cáceres será el instructor del procedimiento, mientras que el secretario general y Director General de la Cámara de Cáceres será el órgano competente para su resolución.

La resolución de las solicitudes será comunicada de manera individualizada a los beneficiarios a través de la Sede electrónica de la Cámara de Comercio.

El listado de admitidos, denegados y lista de espera de la convocatoria podrá consultarse en cualquier centro de trabajo de la Cámara de Cáceres o a través de la web www.camaracaceres.com, apartado Convocatorias Proyectos Europeos.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de 6 meses a partir de la publicación de la convocatoria.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Administración tutelante de la Cámara de Comercio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el artículo 36 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución expresa, podrá entenderse desestimado el recurso, pudiendo interponer el interesado en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo.

La Cámara se reserva el derecho a cancelar la organización de la actuación en caso de no contar con un número mínimo de 3 empresas que reúnan los requisitos para ser beneficiarias, informando de la cancelación por los mismos medios en que se difunde la presente convocatoria.

La tramitación de la ayuda a las pymes participantes se realizará mediante la aceptación de la Cámara de Comercio de Cáceres, de la participación de la empresa en la misma y de la remisión de la resolución de admisión y comunicación de las condiciones de la ayuda (DECA), que se adjunta como anexo III a la presente convocatoria. La empresa, deberá aceptar dichas condiciones.

  1. Justificación y pago de la ayuda

La justificación económica se realizará de acuerdo con la Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Cohesión y mediante los procedimientos establecidos en la normativa aplicable de la Unión Europea. En este sentido, todos los gastos subvencionables deberán corresponder de manera indubitada a la operación cofinanciada.

La justificación de la ayuda se realizará teniendo en cuenta las instrucciones recogidas en el Anexo de Tipología y Justificación de Gastos Elegibles (Anexo IV), conforme al siguiente procedimiento:

  1. Todos los gastos deberán estar pagados antes de la fecha de FIN DE FINALIZACIÓN indicada en el punto 20 del DECA (calendario de devengo y pago) de la operación, mediante una de las formas de pago aceptadas.
  2. La justificación completa de los gastos deberá realizarse antes de la FECHA LÍMITE DE JUSTIFICACIÓN DOCUMENTAL indicada en el punto 20 del DECA (calendario de devengo y pago) de la operación, a través de la plataforma electrónica de justificación de ayudas: https://justifica.camaras.es/ayudas, siguiendo en todo caso, las instrucciones recogidas en el Anexo IV “Tipología gastos elegibles y justificación”.
  3. Transcurrido el plazo de justificación, sin que se haya presentado la misma, la Cámara de Comercio requerirá a la empresa beneficiaria que aporte la documentación en el plazo máximo de 15 días hábiles. La falta de presentación en este nuevo plazo será causa de revocación y, por tanto, conllevará la pérdida del derecho al cobro de la ayuda.
  4. Si en el proceso de revisión se apreciara la existencia de defectos subsanables en la justificación presentada por el beneficiario, se pondrá en conocimiento de éste, concediéndole un plazo de diez días hábiles para su corrección.
  5. La Cámara de Comercio podrá requerir a la empresa beneficiaria cuanta documentación estime pertinente para acreditar el cumplimiento de las condiciones de participación y obligaciones del beneficiario.
  6. Una vez verificada la documentación, y aprobados los gastos presentados, la Cámara de Comercio de España abonará a la empresa beneficiaria la financiación europea, mediante transferencia bancaria. La empresa deberá demostrar, con carácter previo al pago de la ayuda, que continúa al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. A tal efecto, la empresa autoriza a la Cámara de Comercio de España a verificar de manera telemática que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social, a efectos de lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, conforme al artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 2.4 de la Orden de 18 de noviembre de 1999 por la que se regula el suministro de información tributaria a las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones, así como los supuestos contemplados en el artículo 113.1 (actual artículo 95.1) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Esta autorización se otorga, exclusivamente, a los efectos del control previo la tramitación del pago de la ayuda pudiendo ser revocada, en cualquier momento, mediante escrito dirigida a la Cámara de Comercio de España.
  7. Por último, la Cámara de Comercio de España certificará los mismos ante el FEDER.

11.  Obligaciones de los beneficiarios

Serán obligaciones de los beneficiarios las que se deriven de los objetivos del Programa y del cumplimiento de las condiciones operativas, económicas, de información y control que se establecen en las condiciones de la Actuación, y en especial:

  1. Participar activamente en la consecución de los objetivos del Programa.
  2. Cumplir cuantas obligaciones se deriven de la normativa que afecta a la cofinanciación por el FEDER de la ayuda objeto de la presente convocatoria.
  3. Contestar a cualquier requerimiento que el técnico cameral, la Cámara de Comercio, la Cámara de Comercio de España o los órganos de control, seguimiento y evaluación del Programa le soliciten, referente a su participación en el Programa.
  4. Comunicar a la Cámara de Comercio la modificación de cualquier circunstancia que afecte a alguno de los requisitos exigidos para la concesión de la ayuda.
  5. Conservar los documentos originales de los gastos aprobados en el marco del Programa PIP (Plan Internacional de Promoción) durante un plazo de tres años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación, de acuerdo con lo establecido en el art. 140 del Reglamento (UE) nº 1303/2013.
  6. Disponer de un sistema de contabilidad separada o un código contable adecuado en relación con todas las transacciones (gastos e ingresos) de las operaciones presentadas a cofinanciación (art. 125.4.b del Reglamento (UE) 1303/2013).
    Aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas en el ámbito de gestión: control de calidad y transparencia en la contratación, control de posibles conflictos de intereses, control de posibles falsificaciones. Igualmente, deberá informar a la Cámara de Comercio de los casos o sospechas de fraude detectadas, a la mayor brevedad posible, y de las medidas que se apliquen para su corrección y persecución.
  7. Contar con la capacidad administrativa, financiera y operativa adecuadas para ejecutar la operación.
  8. Dar su consentimiento para que sus datos sean incluidos en la lista publicada, de conformidad con el art. 115.2 del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17/12/2013, siendo conocedora de que la aceptación de la ayuda, supone su aceptación a ser incluidas en la mencionada lista.
  9. Informar de la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos en relación a la operación cofinanciada por el Programa.
  10. Cumplir las obligaciones de difusión y comunicación relativas al apoyo de los Fondos FEDER a la operación, que le serán indicadas desde la Cámara de Comercio, establecidas en el artículo 115 del Reglamento (UE) 1303/2013, y desarrolladas en el Anexo XII de dicho Reglamento Así, en todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo, el beneficiario deberá reconocer el apoyo de los Fondos a la operación y se comprometerá a indicarlo siempre que deba hacer referencia a la misma, frente a terceros o a la propia ciudadanía.
  11. Someterse a las actuaciones de comprobación que, en relación con el Programa PIP, efectúe el órgano designado para verificar su realización, así como los que puedan efectuar los órganos de control competentes- autonómicos, nacionales o comunitarios- aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones de comprobación y control.
  12. Realizar el pago de los servicios prestados por las empresas proveedoras en tiempo y forma, y remitir la documentación justificativa solicitada en el plazo que le indique la Cámara de Comercio.
  13. En su caso, proceder al reintegro de las cantidades indebidamente percibidas, en los supuestos en que proceda de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

12.  Incumplimiento de las Condiciones y Obligaciones del beneficiario

El incumplimiento de lo dispuesto en la presente convocatoria, así como de los objetivos para los que se concedió la ayuda, la falta de justificación o su cumplimiento extemporáneo, o el incumplimiento de las obligaciones impuestas a los beneficiarios, será causa pérdida del derecho al cobro y/o de reintegro total de la ayuda, en su caso.

En todo caso, ante posibles incumplimientos, se tendrá en cuenta lo dispuesto el artículo 37 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

13.  Información y publicidad

En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17/12/2013, mediante la presente Convocatoria, se informa a todos los beneficiarios potenciales que los datos relativos a la identidad (denominación social, CIF y otros datos que figuren en la solicitud de participación) de quienes sean seleccionados como beneficiarios del Plan Internacional de Promoción Programa, así como el nombre de las operaciones en las que participe y cantidad de fondos públicos asignados, serán objeto de la correspondiente publicación en los términos previstos en el citado Reglamento, por la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Hacienda y Función Pública, u otro organismo que ésta designe.

Asimismo se informa que, mediante la presentación de su solicitud de participación en el Programa, todos los solicitantes autorizan que, de resultar seleccionados como beneficiarios, los datos indicados en el párrafo anterior puedan ser incluidos en la lista prevista en los citados preceptos y publicados (de forma electrónica y/o por otros medios) por la Cámara de Comercio de España así como cedidos, a los fines indicados, por esta entidad a la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio Hacienda y Función Pública, u otro organismo que ésta designe.

La aceptación de esta ayuda supone su permiso a que la Cámara de Comercio de España publique en su página web su conformidad con el siguiente texto: “Soy conocedor de que esta actuación está cofinanciada con Fondos Europeos y me comprometo a indicarlo así siempre que deba hacer referencia a la misma, frente a terceros o a la propia ciudadanía. Por la importancia que considero tienen este tipo de ayudas para nuestra empresa, es por ello por lo que valoro muy positivamente la contribución del FEDER, principal fondo de la Política de Cohesión europea, por lo que supone de impulso a nuestro trabajo y en consecuencia al crecimiento económico y la creación de empleo de la región en que me ubico y de España en su conjunto”.

Además, si finalmente es aceptada la solicitud, se publicará en la lista pública de operaciones prevista en el artículo 115, apartado 2 del Reglamento (UE) 1303/2103 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, con su nombre/razón social y el montante de la ayuda recibida.

La empresa destinataria reconoce haber sido informada de la obligación de publicación prevista en el Reglamento (UE)1303/2013, de 17 de diciembre, y , reitera su autorización expresa para que los datos relativos a la identidad (denominación social, CIF, y otros datos que figuren en la solicitud de participación en el Programa), nombre de las operaciones en que participe y cantidad de fondos públicos asignados, sean incluidos en lista prevista en el citado precepto y publicados por la Cámara de Comercio de España así como cedidos a los fines indicados por esta entidad a la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Hacienda y Función Pública u otro organismo que ésta designe.

14.  Protección de Datos Personales

De acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos [Reglamento 2016/679,  del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE], Cámara de Comercio de España con dirección en C/ Ribera del Loira 12, 28042 Madrid y Cámara de Comercio de  Cáceres, con dirección en Plaza Doctor Durán, 2 de Cáceres tratarán los datos de la EMPRESA BENEFICIARIA en régimen de corresponsabilidad. Este tratamiento de datos es necesario para la gestión del Programa Plan Internacional de Promoción (PIP). La finalidad de dicho tratamiento es posibilitar la ejecución, desarrollo, seguimiento y control del Programa Plan Internacional de Promoción (PIP). En el marco de este Programa sus datos serán comunicados a las autoridades competentes en el FEDER, organismo cofinanciador del Programa Plan Internacional de Promoción (PIP), para los mismos fines. Asimismo, sus datos podrán ser tratados con la finalidad de llevar a cabo las comprobaciones y actividades de control e inspección que, en su caso, puedan ser llevadas a cabo por las Autoridades competentes

Sus datos serán conservados por un plazo de 5 años tras la finalización del Programa con la finalidad de atender posibles responsabilidades derivadas de su participación en el mismo, salvo que fueran aplicables otros plazos.

Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación u oposición, escribiendo a cualquiera de las Cámaras a las direcciones indicadas o por correo electrónico, a info@camaracaceres.es. Deberá incluir una copia de su documento de identidad o documento oficial análogo que le identifique. Si lo considera oportuno, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.

A continuación, se recogen las direcciones de contacto de la Cámara de Comercio:

  • Plaza Doctor Durán, 2

10003 Cáceres

Tlf.: 927 627 108 / 927 626 323 / 662 183 928

Email: exporta@camaracaceres.es

blanca.jimenez@camaracaceres.es

  • Vivero Plasencia. Avda. Dolores Ibarruri, 34

10600 Plasencia

Tlf.: 927 427 252 / 927 626 323 / 662 183 928

Email: exporta@camaracaceres.es

blanca.jimenez@camaracaceres.es

  • Vivero Navalmoral de la Mata. C/ David González, s/n

10300 Navalmoral de la Mata

Tlf.: 927 538 207 / 927 626 323 / 662 183 928

Email: exporta@camaracaceres.es

blanca.jimenez@camaracaceres.es

guarda-rural-y-guarda-rural-de-caza

Descripción

TEORÍA

  • Área Jurídica (17 temas)
    • Derecho Constitucional, Civil, Penal y Procesal.
    •  Derecho Administrativo especial.
    •  Normativa de Seguridad Privada.
    •  Normativa Protección de Datos.
  • Área Socio-Profesional (4 temas)
    •  Deontología profesional.
    •  Relaciones con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
    •  Régimen jurídico de los Guardas rurales.
    •  Primeros auxilios.
  • Área Técnico-Profesional (6 temas)
    •  Los riesgos de la profesión.
    •  Las intervenciones de los Guardas rurales.
    •  Identificación de personas.
    • La detención, y la recogida y protección de pruebas.
  • Área Instrumental (3 temas)
    • Aparatos técnicos de comunicación.
    • Manejo y conservación de armas.
    • Empleo de la defensa.

PRÁCTICA

Se realizan prácticas de las siguientes materias:

  • Preparación física.
  • Defensa personal.
  •  Prácticas de tiro con fuego real.
  • Detenciones y cacheos.
  • Confección de croquis.
  •  Primeros auxilios.

TEMARIO ESPECÍFICO

  • Área Jurídica (22 temas)
    • Ley y Reglamento de Caza. Ley y Reglamento de la Pesca Fluvial.
  • Área Técnico-Profesional (6 temas)
    • Modalidades de caza.
    • Armas de caza.
    • Los predadores y las especies cinegéticas.
    • Federaciones y sociedades de caza.

Objetivos

Dotar a los alumnos de los conocimientos teórico-prácticos del sector en el que se desarrolla la actividad de la formación.

Temporalización
Localización

Formación gratuita de 150 horas impartido en modalidad presencial en Cáceres capital.

¿A quién va dirigido?

Jóvenes de entre 18 y 29 años, desempleados e inscritos en Garantía Juvenil.

CONTACTO

maria.gonzalez@camaracaceres.es

relacion-de-beneficiarios-sial-canada-2023

Relación de beneficiarios a la convocatoria de ayudas Visita Profesional a la feria SIAL Canadá 2023.

Nº Orden de Presentación RAZÓN SOCIAL AYUDA MÁXIMA APROBADA
2 OVISOSERVI SLU 1.800 €
3 CORDERO ORGANIC S.L. 1.800 €
6 S.C.L. LOS CURADO 1.800 €
7 NORTE EXTREMEÑA DE TRANSFORMADOS AGRICOLAS SA 1.800 €
9 NATURSER S COOP ESPECIAL 1.800 €
10 FOMENTO OVINO EXTREMEÑO SAT 1.800 €

Notas:

1.- El importe máximo de gasto objeto de subvención por empresa beneficiaria del Plan Internacional de Promoción está financiado al 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). El 20% restante será aportación privada.

2.-La normativa reguladora de estas ayudas fue publicada en el BOP Cáceres de 11/01/2021 así como en la sección «Convocatorias Proyectos Europeos» de la web: www.camaracaceres.es.

3.- El importe máximo de gasto subvencionable al que las empresas admitidas tienen acceso es de 1.800€ tal y como se indica en la convocatoria de esta acción. En el caso de participación de una segunda persona por parte de la misma empresa el importe total máximo objeto de subvención por empresa beneficiaria ascendería a 3.600 €.

Las empresas participantes afirman que: «Soy conocedor de que esta actuación está cofinanciada con Fondos Europeos y me comprometo a indicarlo así siempre que deba hacer referencia a la misma, frente a terceros o a la propia ciudadanía. Por la importancia que considero tienen este tipo de ayudas para nuestra empresa, es por ello que valoro muy positivamente la contribución del FEDER, principal fondo de la Política de Cohesión europea, por lo que supone de impulso a nuestro trabajo y en consecuencia al crecimiento económico y la creación de empleo de la región en que me ubico y de España en su conjunto”.

digitalizacion,-informatica-y-nuevas-tecnologias

MÓDULO 1: Navegación y comunicación en el Mundo Digital.

– Búsqueda en la Red.

– Correo electrónico, gestión eficaz. Potente herramienta de comunicación.

Envío de correo

Gestión de correo

-Herramientas de colaboración en la Nube: crear, archivar y compartir

-Conoce las herramientas de Google: Drive, Sites, Calendario, etc.

-GOOGLE DRIVE en profundidad:

Aprende a subir archivos

Aprende a trabajar en la nube

Aprende a trabajar en equipo en la nube

-Aprende a realizar videollamadas, muy útiles y eficaces para el mundo laboral y en tu día a día.

MÓDULO 2:  Reciclaje en aplicaciones informáticas:

Actualízate en aplicaciones informáticas, conoce las funcionalidades de Word, Excel, da un paso más…

– Procesador de texto

– Hoja de cálculo

– Presentaciones

– Archivo local. La importancia de organizar la información en nuestro ordenador.

MÓDULO 3: Guía Básica de Redes Sociales:

Módulo de Digitalización en redes sociales:

Ponte al día en redes sociales, actualízate y aprovecha los beneficios de las redes sociales. Las redes sociales es un mundo muy cambiante, conoce las novedades.

– Facebook

– Twitter

– Instagram

– LinkedIn, mejora tu perfil. Organizaremos taller para revisar el perfil y aprender a interactuar en esta red social. ¡Sácale partido!

MÓDULO 4. Búsqueda de empleo:

– Estructura tu búsqueda de empleo

– Prepárate para una entrevista

– Revisión de curriculum

– Principales webs para buscar trabajo: revisaremos las diferentes páginas existentes en el mercado.

– Herramienta para actualizar CV

MÓDULO 5: Certificado digital, aprende a solicitar e implementar el certificado digital.

En esta unidad el alumno aprenderá la importancia del certificado digital y todas sus ventajas:

– Solicitar Certificado

– Utilidades del certificado digital

– Trabajar con el certificado

MÓDULO 6. Herramientas para mejorar la productividad laboral y la seguridad en el entorno digital: durante el curso iremos conociendo diferentes herramientas digitales y realizando gestiones en el entorno digital.

MÓDULO 7. Aplicaciones para móviles, que te ayudarán en el día a día. Bienvenido al mundo digital.

MÓDULO 8: INICIACIÓN A LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL. CONOCIMIENTOS BÁSICOS.

fotografia-creativa-para-redes-sociales-y-web

Descripción

CONTENIDOS:

MÓDULO I

1. ¿Qué es la fotografía? Introducción a la medición de luz
2. Velocidad de obturación y movimiento
3. Apertura de diafragma y profundidad de campo
4. Sensibilidad ISO y ruido
5. Triángulo de exposición
6. Modos semiautomáticos y modos de medición
7. Histograma y rango dinámico. Cómo hacer fotografías HDR
8. Temperatura de color
9. Modos de manejo
10. Distancia focal y tipos de lentes
11. Trucos para efectos creativos
12. Cómo enfocar correctamente: Puntos y modos de enfoque.
13. ¿En qué formato disparar? RAW vs JPEG
14. Sensores y resolución: Los MegaPíxeles y el factor de recorte
15. Accesorios de cámara: Monturas de lente, adaptadores y filtros
16. Qué equipo fotográfico comprar y últimos detalles
17. Fotografía nocturna
18. Fotografía de iluminación
19. Fotografía analógica

MÓDULO II

1. El potencial de tu smartphone.
2. La fotografía en redes sociales: espacios compartidos
3. Características de la fotografía en redes sociales
4. Contenido de las fotografías
5. La dimensión de las fotografías en redes sociales
6. Claves para triunfar con la fotografía de redes sociales
7. Define tu estilo visual
8. Edición cuidadosa
9. Apóyate en un buen copy
10. Las ventajas de compartir tus fotografías en redes sociales
11. ¡Fórmate en fotografía digital y despega tu perfil de redes sociales!

Objetivos

En este curso aprenderás a desarrollar todo tu potencial creativo para crear imágenes perfectas para redes sociales que llenarán tu feed de likes y comentarios. Mostrarán su proceso a la hora de realizar una fotografía creativa, desde los primeros bocetos de la idea sobre el papel hasta los últimos retoques en Photoshop.

Temporalización
Localización

No son necesarios conocimientos previos, pero sí deberás estar preparado para sacar a relucir tus ideas más creativas. Con respecto a los materiales necesitarás una cámara de fotos (que puede ser la de tu teléfono móvil) y un ordenador con Adobe Photoshop u otro programa de edición de imagen.

¿A quién va dirigido?

Personas mayores de 18 años

CONTACTO

beatriz.sanchez@camaracaceres.es

curso-gratuito-para-ser-monitor-de-ocio-y-tiempo-libre

Descripción

Existen infinidad de ocupaciones cuyos responsables reciben el nombre de monitor. Los hay
de natación, de esquí, de baile o de otros muchos deportes. Cuyo objetivo no es otro que el
de enseñar a desarrollar correctamente una actividad. De esta manera, el monitor de ocio y
tiempo libre no sería más que alguien que plantea actividades para niños y jóvenes, sin más
que el de hacer que pasen un rato agradable.

Ser monitor de ocio y tiempo libre va más allá. El monitor aparte de entretener a un grupo
está consiguiendo muchas cosas. La convivencia de grupo, las relaciones que se fomentan,
las actitudes que el educador tiene y promueve de forma que empiecen a circular y
asumirse valores positivos o negativos, cooperativos o de competencia en todo el grupo. Por
eso, la educación en el tiempo libre no es la hermana pequeña de la educación formal, si no
una verdadera educación en valores.

TEMARIO

1. Fundamentos de la educación en el tiempo libre infantil y juvenil
1.1 Conceptos básicos: distinción entre los términos “ocio”, “tiempo libre” y “animación
sociocultural”
1.2 Tipología y frecuencia del ocio en el siglo XXI
1.3 Relevancia y beneficios de las experiencias de ocio
1.4 La perspectiva de las fortalezas como base teórico-práctica para las intervenciones en
ocio

2. El ocio en los procesos educativos y socializadores
2.1 Ocio como recurso pedagógico y socializador
2.2 Ocio como contenido educativo
2.3 Un ejemplo de educación en el ocio: el modelo de intervención

3. Desarrollo psicosocial infantil y juvenil: teorías clave y orientaciones para monitores de
ocio
3.1 Principales teorías del desarrollo humano
3.2 Orientaciones para monitores de ocio que trabajan en la etapa infantil (0-6 años)
3.3 Orientaciones para monitores de ocio que trabajan en la etapa de primaria (6-11 años)
3.4 Orientaciones para monitores de ocio que trabajan con adolescentes (12-18 años)

4. La atención a la diversidad en la animación sociocultural
4.1 La diversidad humana como reto y fuente de riqueza
4.2 Personas que requieren un apoyo y una atención educativa más específica
5. Actividades para la animación infantil y juvenil
6. Elaboración de proyectos de animación sociocultural
7. Referencias bibliográficas y legislativas

Objetivos

Ser conscientes del estilo y personalidad que cada educador va construyendo.
Descubrir las motivaciones que impulsan a ser monitores de ocio y tiempo libre y analizarlas críticamente.
Reconocer las diferentes capacidades que cada uno posee y que facilitan la labor como monitores.
Identificar pautas que ayuden a establecer una relación educativa positiva con los grupos de ocio y tiempo libre.

Temporalización

¿A quién va dirigido?

A chicos y chicas de entre 17 y 29 años en situación de desempleo e inscritos/as en el Fondo de Garantía Juvenil

CONTACTO

beatriz.sanchez@camaracaceres.es

monitor-de-ocio-y-tiempo-libre

Descripción

1. Fundamentos de la educación en el tiempo libre infantil y juvenil
1.1 Conceptos básicos: distinción entre los términos “ocio”, “tiempo libre” y “animación sociocultural”
1.2 Tipología y frecuencia del ocio en el siglo XXI
1.3 Relevancia y beneficios de las experiencias de ocio
1.4 La perspectiva de las fortalezas como base teórico-práctica para las intervenciones en ocio

2. El ocio en los procesos educativos y socializadores
2.1 Ocio como recurso pedagógico y socializador
2.2 Ocio como contenido educativo
2.3 Un ejemplo de educación en el ocio: el modelo de intervención

3. Desarrollo psicosocial infantil y juvenil: teorías clave y orientaciones para monitores de ocio
3.1 Principales teorías del desarrollo humano
3.2 Orientaciones para monitores de ocio que trabajan en la etapa infantil (0-6 años)
3.3 Orientaciones para monitores de ocio que trabajan en la etapa de primaria (6-11 años)
3.4 Orientaciones para monitores de ocio que trabajan con adolescentes (12-18 años)

4. La atención a la diversidad en la animación sociocultural
4.1 La diversidad humana como reto y fuente de riqueza
4.2 Personas que requieren un apoyo y una atención educativa más específica

5. Actividades para la animación infantil y juvenil

6. Elaboración de proyectos de animación sociocultural

7. Referencias bibliográficas y legislativas

Objetivos

– Ser conscientes del estilo y personalidad que cada educador va construyendo.
– Descubrir las motivaciones que impulsan a ser monitores de ocio y tiempo libre y analizarlas críticamente.
– Reconocer las diferentes capacidades que cada uno posee y que facilitan la labor como monitores.
– Identificar pautas que ayuden a establecer una relación educativa positiva con los grupos de ocio y tiempo libre.

Temporalización

150 horas presenciales en la sede de Cámara de Comercio en Cáceres

¿A quién va dirigido?

Jóvenes desempleados de entre 16 y 29 años inscritos en Garantía Juvenil

CONTACTO

beatriz.sanchez@camaracaceres.es

la-camara-de-comercio-de-caceres-celebra-el-primer-pleno-de-la-nueva-legislatura

La nueva corporación de la Cámara de Comercio de Cáceres ha celebrado este miércoles el primer pleno de la nueva legislatura, sesión que ha permitido dar luz verde a determinadas cuestiones de interés para afrontar los nuevos retos empresariales de esta entidad.

En concreto, se ha aprobado el presupuesto para este año, que asciende a un total de 1.968.906,99 euros, un 23% más con respecto a la pasada anualidad.

Este incremento certifica el compromiso de la entidad cameral en seguir apoyando a las empresas de la provincia, dando continuidad a las líneas abiertas de este año, así como apostando por nuevos programas y proyectos que supondrán un gran revulsivo para la evolución empresarial de nuestros municipios.

Otro de los puntos a los que se le ha dado el visto bueno ha sido la ampliación del Coworking Hub Digital, con el fin de seguir ofreciendo a emprendedores, empresas y autónomos un entorno colaborativo y de servicios especializados para el desarrollo de empresas y startups de base tecnológica.

Según se ha señalado durante esta sesión plenaria, la ampliación de este coworking que responde al deseo de la Cámara de Comercio de Cáceres de facilitar a la sociedad cacereña un espacio con el que fomentar la transformación digital de emprendedores y pequeñas y medianas empresas, ofreciendo instalaciones de calidad y equipamiento para la capacitación y uso de las nuevas tecnologías, soportadas con servicios profesionales.

Cabe destacar que este enclave está siendo fuente generadora de nuevas sinergias entre las empresas y emprendedores actualmente alojados, por lo que contribuye a la creación de nuevos negocios que redunden en beneficio del tejido empresarial de la provincia.

oratoria-empresarial-–-aprende-a-hablar-y-convender

Descripción

“LA COMUNICACIÓN ES A UNA RELACIÓN COMO EL OXIGENO A LA VIDA”. Virginia
Satir.

La forma de comunicarnos nos aleja o acerca a las personas y en ello radica el éxito de
la relación que establecemos con las mismas y el impacto que podemos causar en ellas.
Una buena comunicación nos proporciona llegar a personas y tener conversaciones que
abran posibilidades en cualquier ámbito de nuestra vida.

MODULO 1 (15 Horas)
– Anclar el objetivo del programa
– Descubrir tu PROPÓSITO
– Dar sentido a tu HISTORIA
– Tomar consciencia de tu TALENTO
– Ejercicios prácticos
MODULO 2 (10 Horas)
– El cuerpo físico y la voz nuestro instrumento
– Derribar resistencias: creer, confiar y mostrarse
– Manejar nuestras emociones
– Ejercicios prácticos
MODULO 3 (20 Horas)
– Conceptos básicos del Storytelling
– Saber qué vender y a quien
– Las 4 claves de nuestra historia
– Crear la semilla del relato
– Dar forma a la historia
– Ejercicios Prácticos.
– MODULO 4 (15 horas)
– Nuestra historia la base para crear el storytelling de nuestra marca personal:
medios online y offline
– Preparar y hacer presentación

La entrada caduca sábado, 29 abril 2023 10:13:00

Objetivos

– Dotar al alumnado de los conocimientos teóricos y la práctica necesaria para sentirse
seguros y derribar las barreras que le frenan a la hora mostrarse y hablar en público,
consiguiendo fluidez y confianza para transmitir y comunicar su historia, proyecto,
producto o servicios…etc. Imprescindible en el ámbito profesional actual.

– Crear el storytelling de su marca personal, herramienta poderosa de marketing y ventas.

Para ello trabajamos de forma holística integrando el área mental, física y emocional de la
persona convirtiéndose la experiencia en una verdadera transformación personal que impactará
de forma definitiva en el futuro profesional y personal de los participantes.

Temporalización

Vivero de Empresas de Piornal – MODALIDAD PRESENCIAL

¿A quién va dirigido?

Cualquier persona interesada en incrementar sus competencias y habilidades en comunicar de un modo eficaz, deleitar, conmover o persuadir a su audiencia. En particular a profesionales, emprendedores y empresarios.

Ponente

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+972-526980083

Lourdes La Calle Bardají

Web Designer

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CONTACTO

oratoria-empresarial-–-aprende-a-hablar-y-convencer

Descripción

“LA COMUNICACIÓN ES A UNA RELACIÓN COMO EL OXIGENO A LA VIDA”. Virginia
Satir.

La forma de comunicarnos nos aleja o acerca a las personas y en ello radica el éxito de
la relación que establecemos con las mismas y el impacto que podemos causar en ellas.
Una buena comunicación nos proporciona llegar a personas y tener conversaciones que
abran posibilidades en cualquier ámbito de nuestra vida.

MODULO 1 (15 Horas)
– Anclar el objetivo del programa
– Descubrir tu PROPÓSITO
– Dar sentido a tu HISTORIA
– Tomar consciencia de tu TALENTO
– Ejercicios prácticos
MODULO 2 (10 Horas)
– El cuerpo físico y la voz nuestro instrumento
– Derribar resistencias: creer, confiar y mostrarse
– Manejar nuestras emociones
– Ejercicios prácticos
MODULO 3 (20 Horas)
– Conceptos básicos del Storytelling
– Saber qué vender y a quien
– Las 4 claves de nuestra historia
– Crear la semilla del relato
– Dar forma a la historia
– Ejercicios Prácticos.
– MODULO 4 (15 horas)
– Nuestra historia la base para crear el storytelling de nuestra marca personal:
medios online y offline
– Preparar y hacer presentación

La entrada caduca martes, 9 mayo 2023 10:13:00

Objetivos

– Dotar al alumnado de los conocimientos teóricos y la práctica necesaria para sentirse
seguros y derribar las barreras que le frenan a la hora mostrarse y hablar en público,
consiguiendo fluidez y confianza para transmitir y comunicar su historia, proyecto,
producto o servicios…etc. Imprescindible en el ámbito profesional actual.

– Crear el storytelling de su marca personal, herramienta poderosa de marketing y ventas.

Para ello trabajamos de forma holística integrando el área mental, física y emocional de la
persona convirtiéndose la experiencia en una verdadera transformación personal que impactará
de forma definitiva en el futuro profesional y personal de los participantes.

Temporalización
Localización

Modalidad Presencial Se imparte en el Vivero de Empresas de Piornal, en horario de tarde, de 16:30 a 21:30 horas.

¿A quién va dirigido?

Cualquier persona interesada en incrementar sus competencias y habilidades en comunicar de un modo eficaz, deleitar, conmover o persuadir a su audiencia. En particular a profesionales, emprendedores y empresarios.

Docente

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Lourdes La Calle Bardají

Coach Ontológico, Terapia Gestalt. Diplomada en Focusing. Especialista Psicológico Enfoque Centrado en la Persona, Carl Rogers. Constelaciones Familiares y Organizacionales, Pedagogía Sistémica, Máster en Relaciones de Ayuda, Master Emprendedores, Master en Marketing On line, Mentora de Propósito, Oratoria Profesional, Libera tu Chispa Hablado en Público, Conferenciante, autora del libro HABLA A PESAR DEL MIEDO, La Llave del Cambio y HABLA DE ESTRATEGIA, La Llave del Éxito.

CONTACTO

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Convocatoria de prestación de servicios de apoyo a la promoción internacional, así como para la concesión de ayudas económicas a pymes de Extremadura, en régimen de libre concurrencia, para promover su participación en la Misión Comercial Directa plurisectorial a Bruselas 2023

La Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, junto a la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Cáceres, han puesto en marcha el programa Plan Internacional de Promoción en el marco del programa operativo «Plurirregional de España FEDER 2014-2020 PO», estando cofinanciado en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

El programa, que persigue servir de apoyo a la internacionalización, ha sido creado con el fin de mejorar la propensión a exportar y la base exportadora de la economía española; diversificar los mercados de destino de la exportación española e incrementar la competitividad de la economía española para impulsar España como destino de inversión.

Dentro del Plan Internacional de Promoción se incluyen aquellas acciones consistentes en Actividades de Promoción Internacional, Actividades de Sensibilización e Información, y Actuaciones Especiales de interés para las Pymes que se adecuen al objeto de contribuir a la internacionalización de las Pymes españolas.

Asimismo, estas acciones se encuadrarán dentro del Plan Cameral de Internacionalización que anualmente las Cámaras han de elaborar y ejecutar de conformidad con lo recogido en el art. 22 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. Teniendo en cuenta lo anterior, las actividades deberán ser conformes con las orientaciones y directrices básicas del citado Plan Cameral.

2.      Entidad convocante

La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios de Cáceres (en lo sucesivo, la “Cámara de Comercio de Cáceres, o la “Cámara”), Corporación de derecho público con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, regida por la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación España y por la Ley 3/2018 de 21 de febrero de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La concesión de las ayudas se regirá por lo dispuesto en la presente convocatoria de conformidad con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

Asimismo, son de aplicación al Programa, en la medida en que las actuaciones son cofinanciadas con fondos FEDER de la Unión Europea, el Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo; y el Reglamento (UE) nº 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1080/2006 , así como las normas comunitarias aplicables en cada caso y las normas nacionales de desarrollo o transposición de aquéllas.

La presente convocatoria tiene por objeto promover la participación de pymes y autónomos de la Comunidad Autónoma de Extremadura o de la demarcación territorial de la Cámara de Cáceres en la actuación Misión Comercial Directa plurisectorial a Bélgica 2023 que se celebrará en Bruselas (Bélgica) entre los días 27 de mayo al 3 de junio de 2023 (ambos incluidos), fechas entre las cuales podrán desplazarse las empresas participantes  para la búsqueda de socios y partners para el acceso a licitaciones internacionales.

5.      Requisitos de los Beneficiarios

La actuación Misión Comercial Directa plurisectorial a Bélgica 2022, va dirigida principalmente a empresas de los siguientes sectores: empresas de ingeniería, consultoría en comercio exterior, despachos profesionales y otras PYMES cuyo negocio esté relacionado con las licitaciones internacionales, así como empresas auxiliares e intermediarias que presenten servicios de consultoría de comercio exterior como traders, agentes y/o representantes de empresas que busquen socios y partners para el acceso a licitaciones internacionales, con Sede en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Además, se ha tener en cuenta que, con carácter general, las actuaciones del Plan Internacional de Promoción van dirigidas a Pymes (según la definición de la Unión Europea) potencialmente exportadoras y/o exportadoras, o que deseen consolidar sus departamentos de comercio exterior, abrir mercados en el exterior o utilizar cualquiera de los instrumentos contemplados en el detalle de gastos elegibles como herramienta para aumentar o consolidar sus ventas en el mercado en cuestión (una misma empresa podrá participar varias veces en el programa puesto que las actuaciones son diferentes. En caso de que se organice la misma actuación en varias anualidades, una misma empresa podrá participar un máximo de 4 veces en la misma).

Las condiciones imprescindibles para optar al programa de ayudas son:

  • Ser una PYME o autónomo, de acuerdo con la definición de pyme según la definición recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 http://www.boe.es/doue/2014/187/L00001-00078.pdf o autónomo.

Quedan excluidas de esta convocatoria las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.

  • Estar dada de alta en el Censo del IAE.
  • Ser una empresa industrial, comercial y/o de servicios de cualquier sección del IAE, sin perjuicio del pleno respeto a lo dispuesto por los Reglamentos o Directivas comunitarias especiales establecidos en el marco del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. En el caso de empresas que operen en el sector primario, podrán ser beneficiarias las empresas que desarrollen producto transformado siempre y cuando estén dadas de alta en el IAE con actividad comercializadora y la ayuda se dirija específicamente a dicha labor comercializadora.
  • Que tengan su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura o de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Cáceres, de conformidad con los datos recogidos en el censo. En el caso de que una empresa posea varias sedes o centros productivos. el centro destinatario y directamente beneficiario del Programa ha de estar ubicado en alguno de los municipios citados.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 18, del Reglamento (UE) Nº 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y conforme a la definición establecida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C149/01).
  • Cumplir la norma de minimis contenida en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L 352 de 24.12.2013) [1] (la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros o 100.000 euros en el caso de las empresas que operen en el sector transporte por carretera, durante cualquier período de tres ejercicios fiscales).
  • Cumplir la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

Los extremos enumerados anteriormente se acreditarán mediante la aportación de la siguiente documentación:

  • Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones de participación y de ayudas (según Anexo II de esta convocatoria)
  • DNI del solicitante (en caso de persona física) o DNI del firmante de la solicitud con poderes suficientes (en caso de persona jurídica).
  • En el caso de personas jurídicas:
  • Poder de representación de la persona que presenta la solicitud (la persona firmante deberá tener la condición de representante legal de la empresa).
  • Acta de titularidad real de la empresa, en su defecto, escritura pública en la que se pueda identificar al titular real de la empresa solicitante.
  • Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa.
  • En el caso de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, la empresa autoriza a la Cámara de Comercio a realizar la consulta telemática de su situación con AEAT y Seguridad Social, a efectos de la Ley General de Subvenciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 2.4 de la Orden de 18 de noviembre de 1999 por la que se regula el suministro de información tributaria a las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones, así como los supuestos contemplados en el artículo 113.1 (actual artículo 95.1) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Esta autorización se otorga, exclusivamente, a los efectos del reconocimiento, seguimiento y control de los requisitos establecidos en programa objeto de la presente solicitud, pudiendo ser revocada, en cualquier momento, mediante escrito dirigido a la Cámara de Comercio

6.      Conceptos y cuantía de las ayudas.

El presupuesto máximo de ejecución de la actuación MISIÓN COMERCIAL DIRECTA PLURISECTORIAL BRUSELAS 2023 en el marco de esta convocatoria es de 14.311,80 euros, en el marco del programa operativo «Plurirregional de España FEDER 2014-2020 PO» y queda dividido de la siguiente manera:

6.1 Servicios de apoyo de la Cámara de Comercio de Cáceres.

Estos servicios se realizan en el marco de las funciones de carácter público-administrativo encomendadas a las Cámaras de Comercio   en la Ley Básica 4/2014, para fortalecer el tejido empresarial a través del desarrollo de actividades de apoyo y estímulo al comercio exterior.

El presupuesto disponible en esta convocatoria para estos servicios es de 7.711,80 euros y comprende los siguientes conceptos:

  • Labores de preparación y definición de las necesidades de las empresas.
  • Acompañamiento del técnico cameral y asistencia a las empresas participantes.
  • Elaboración de dossier informativo sobre país que incluya información relevante sobre el sector objeto de la feria.
  • Agenda de trabajo personalizada e individualizada para cada empresa participante.
  • Desplazamientos en destino.

Estos costes serán prefinanciados en su totalidad por la Cámara de Comercio de Cáceres, no suponiendo desembolso alguno, ni coste por parte de la PYME beneficiaria.

La financiación para el desarrollo de estos servicios será aportada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea y por la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura.

6.2 Ayuda económica a las pymes participantes

El presupuesto disponible en esta convocatoria para las ayudas económicas a las pymes participantes es de 6.600 euros y comprende los conceptos gastos que se relacionan a continuación y que están recogidos en el anexo IV de gastos elegibles que se publica con esta convocatoria.

  • Gastos reales en concepto de billetes del medio de transporte (avión, tren) desde el país de origen al de destino y/o alojamiento hasta el límite de la bolsa de viaje que en el caso de Bélgica ascienden a 660 euros por empresa.

Con el ánimo de que participen el mayor número de empresas posibles sólo será financiable una única bolsa de viaje por empresa participante. Sólo se admitirá una segunda bolsa por parte de la misma empresa en el caso de que finalizado el plazo de inscripción de la convocatoria existiera disponibilidad presupuestaria que dieran lugar a plazas vacantes. Por este motivo, si una empresa desea que en la acción participe más de un representante de su empresa deberá solicitar una segunda bolsa de viaje en el momento de presentar la solicitud (anexo IV de la convocatoria). Para la concesión de las peticiones de segundas bolsas de viaje se seguirá estrictamente el orden de prelación de las solicitudes de las empresas inscritas.

En cualquier caso, no serán elegibles los gastos de viaje que no se circunscriban a las fechas y destinos aprobados en la Acción.

El número máximo de empresas beneficiarias previsto asciende a 10.

El importe total máximo objeto de subvención por empresa beneficiaria, asciende a 660 €.

En el hipotético caso de que se admita la participación de una segunda persona por parte de la misma empresa el importe total máximo objeto de subvención por empresa beneficiaria ascendería a 1.320€.

La cuantía total de la ayuda correspondiente al FEDER asciende a 528 , 80% del importe elegible de los gastos indicados, (1.056€ si se autoriza la participación de un segundo representante por empresa), siendo el 20% restante aportado por la empresa beneficiaria.

Compatibilidad de la ayuda.

Las ayudas económicas ofrecidas en el Programa se ajustan a los Reglamento UE Nº1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a las ayudas de mínimis, y son compatibles con otras ayudas públicas para distinto objeto y finalidad.

7.      Presentación de solicitudes

Los interesados sólo podrán presentar su solicitud y documentación que se acompañe a la misma, a través del formulario habilitado a tal efecto en la Sede electrónica https://sede.camara.es/sede/caceres en los términos previstos en la presente convocatoria.

El plazo para la presentación de solicitudes se abre a las 09:00h del día hábil siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Cáceres y finaliza el 28/04/2023 a las 14 horas o una vez se hayan cubierto las 10 solicitudes de ayuda aprobadas por la Cámara de Comercio de Cáceres.

Sólo se admitirá a trámite la presentación de una solicitud por empresa [o autónomo].

La solicitud de participación se firmará electrónicamente por el interesado o por la persona que acredite su representación legal por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de su existencia. El firmante de la solicitud deberá acreditar que en el momento de la presentación de la solicitud tiene representación suficiente para el acto.

El solicitante deberá disponer de certificado electrónico reconocido. En la dirección de Internet señalada anteriormente figura el listado de autoridades de certificación cuyos certificados son admitidos por la Sede electrónica.

Si un mismo interesado presentara diferentes solicitudes a esta convocatoria, se tomará en consideración únicamente la primera registrada en plazo en la Sede electrónica y no se admitirán a trámite las posteriores.

No se admitirá a trámite ninguna solicitud que se haya presentado por canales distintos a la Sede electrónica o con posterioridad a la fecha límite de presentación de solicitudes establecida en la presente convocatoria.

Sólo se considerarán  válidamente presentadas aquellas solicitudes que cumplan las siguientes condiciones mínimas : I) los campos identificados como obligatorios en el formulario de solicitud de la Sede deben estar debidamente cumplimentados y su contenido resultar comprensible y coherente con la información solicitada, y II) los documentos obligatorios que se adjunten al formulario de solicitud de participación deben referirse a la empresa solicitante y su contenido responder claramente a la finalidad con la que se solicitan, no admitiéndose los documentos que no cumplan estas condiciones.

El incumplimiento de alguna de las citadas condiciones mínimas, que no obedezca a errores materiales o aritméticos, conllevará la inadmisión a trámite de la solicitud.

Las solicitudes que cumplan las condiciones mínimas establecidas serán objeto de valoración, siempre que exista disponibilidad presupuestaria.

Si la solicitud y/o documentación aportada contuviera errores subsanables, se requerirá a la entidad solicitante, para que, en el plazo de 10 días hábiles, computados desde el día siguiente al de la recepción del requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de la solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La documentación se presentará por los medios electrónicos previstos en la convocatoria.

Podrán admitirse solicitudes que superen el cupo establecido al efecto de disponer de una lista de espera (de 10 empresas) para el caso de que alguna de las solicitudes admitidas desistiese del proceso o bien la ejecución final fuera inferior a la estimada y quedasen remanentes disponibles.

La presentación de la solicitud supone la aceptación expresa de los requisitos, condiciones y obligaciones contenidos en la presente convocatoria.

Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de la información y los documentos proporcionados.

8.      Procedimiento de Concesión, Criterios de Selección y Resolución

La concesión de ayudas respetará los principios de publicidad, transparencia, libre concurrencia, igualdad y no discriminación y estará limitada a las disponibilidades presupuestarias.

La evaluación de solicitudes de participación y admisión de empresas al Programa se realizará por estricto orden de registro de entrada en la Sede Electrónica.

El Área de Comercio Internacional de la Cámara de Cáceres será el instructor del procedimiento, mientras que el Secretario General y Director General de la Cámara de Cáceres será el órgano competente para su resolución.

La resolución de las solicitudes será comunicada de manera individualizada a los beneficiarios a través de la Sede electrónica de la Cámara de Comercio.

El listado de admitidos, denegados y lista de espera de la convocatoria podrá consultarse en cualquier centro de trabajo de la Cámara de Cáceres o a través de la web www.camaracaceres.com, apartado Convocatorias Proyectos Europeos.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de 6 meses a partir de la publicación de la convocatoria.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Administración tutelante de la Cámara de Comercio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el artículo 36 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución expresa, podrá entenderse desestimado el recurso, pudiendo interponer el interesado en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo.

La Cámara se reserva el derecho a cancelar la organización de la actuación en caso de no contar con un número mínimo de 3 empresas que reúnan los requisitos para ser beneficiarias, informando de la cancelación por los mismos medios en que se difunde la presente convocatoria.

La tramitación de la ayuda a las pymes participantes se realizará mediante la aceptación de la Cámara de Comercio de Cáceres, de la participación de la empresa en la misma y de la remisión de la resolución de admisión y comunicación de las condiciones de la ayuda (DECA), que se adjunta como anexo III a la presente convocatoria. La empresa, deberá aceptar dichas condiciones.

  1. Justificación y pago de la ayuda

La justificación económica se realizará de acuerdo con la Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Cohesión y mediante los procedimientos establecidos en la normativa aplicable de la Unión Europea. En este sentido, todos los gastos subvencionables deberán corresponder de manera indubitada a la operación cofinanciada.

La justificación de la ayuda se realizará teniendo en cuenta las instrucciones recogidas en el Anexo de Tipología y Justificación de Gastos Elegibles (Anexo IV), conforme al siguiente procedimiento:

  1. Todos los gastos deberán estar pagados antes de la fecha de FIN DE FINALIZACIÓN indicada en el punto 20 del DECA (calendario de devengo y pago) de la operación, mediante una de las formas de pago aceptadas.
  2. La justificación completa de los gastos deberá realizarse antes de la FECHA LÍMITE DE JUSTIFICACIÓN DOCUMENTAL indicada en el punto 20 del DECA (calendario de devengo y pago) de la operación, a través de la plataforma electrónica de justificación de ayudas: https://justifica.camaras.es/ayudas, siguiendo en todo caso, las instrucciones recogidas en el Anexo IV “Tipología gastos elegibles y justificación”.
  3. Transcurrido el plazo de justificación, sin que se haya presentado la misma, la Cámara de Comercio requerirá a la empresa beneficiaria que aporte la documentación en el plazo máximo de 15 días hábiles. La falta de presentación en este nuevo plazo será causa de revocación y, por tanto, conllevará la pérdida del derecho al cobro de la ayuda.
  4. Si en el proceso de revisión se apreciara la existencia de defectos subsanables en la justificación presentada por el beneficiario, se pondrá en conocimiento de éste, concediéndole un plazo de diez días hábiles para su corrección.
  5. La Cámara de Comercio podrá requerir a la empresa beneficiaria cuanta documentación estime pertinente para acreditar el cumplimiento de las condiciones de participación y obligaciones del beneficiario.
  6. Una vez verificada la documentación, y aprobados los gastos presentados, la Cámara de Comercio de España abonará a la empresa beneficiaria la financiación europea, mediante transferencia bancaria. La empresa deberá demostrar, con carácter previo al pago de la ayuda, que continúa al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. A tal efecto, la empresa autoriza a la Cámara de Comercio de España a verificar de manera telemática que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social, a efectos de lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, conforme al artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 2.4 de la Orden de 18 de noviembre de 1999 por la que se regula el suministro de información tributaria a las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones, así como los supuestos contemplados en el artículo 113.1 (actual artículo 95.1) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Esta autorización se otorga, exclusivamente, a los efectos del control previo la tramitación del pago de la ayuda pudiendo ser revocada, en cualquier momento, mediante escrito dirigida a la Cámara de Comercio de España.
  7. Por último, la Cámara de Comercio de España certificará los mismos ante el FEDER.

11.  Obligaciones de los beneficiarios

Serán obligaciones de los beneficiarios las que se deriven de los objetivos del Programa y del cumplimiento de las condiciones operativas, económicas, de información y control que se establecen en las condiciones de la Actuación, y en especial:

  1. Participar activamente en la consecución de los objetivos del Programa.
  2. Cumplir cuantas obligaciones se deriven de la normativa que afecta a la cofinanciación por el FEDER de la ayuda objeto de la presente convocatoria.
  3. Contestar a cualquier requerimiento que el técnico cameral, la Cámara de Comercio, la Cámara de Comercio de España o los órganos de control, seguimiento y evaluación del Programa le soliciten, referente a su participación en el Programa.
  4. Comunicar a la Cámara de Comercio la modificación de cualquier circunstancia que afecte a alguno de los requisitos exigidos para la concesión de la ayuda.
  5. Conservar los documentos originales de los gastos aprobados en el marco del Programa PIP (Plan Internacional de Promoción) durante un plazo de tres años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación, de acuerdo con lo establecido en el art. 140 del Reglamento (UE) nº 1303/2013.
  6. Disponer de un sistema de contabilidad separada o un código contable adecuado en relación con todas las transacciones (gastos e ingresos) de las operaciones presentadas a cofinanciación (art. 125.4.b del Reglamento (UE) 1303/2013).
    Aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas en el ámbito de gestión: control de calidad y transparencia en la contratación, control de posibles conflictos de intereses, control de posibles falsificaciones. Igualmente, deberá informar a la Cámara de Comercio de los casos o sospechas de fraude detectadas, a la mayor brevedad posible, y de las medidas que se apliquen para su corrección y persecución.
  7. Contar con la capacidad administrativa, financiera y operativa adecuadas para ejecutar la operación.
  8. Dar su consentimiento para que sus datos sean incluidos en la lista publicada, de conformidad con el art. 115.2 del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17/12/2013, siendo conocedora de que la aceptación de la ayuda, supone su aceptación a ser incluidas en la mencionada lista.
  9. Informar de la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos en relación a la operación cofinanciada por el Programa.
  10. Cumplir las obligaciones de difusión y comunicación relativas al apoyo de los Fondos FEDER a la operación, que le serán indicadas desde la Cámara de Comercio, establecidas en el artículo 115 del Reglamento (UE) 1303/2013, y desarrolladas en el Anexo XII de dicho Reglamento Así, en todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo, el beneficiario deberá reconocer el apoyo de los Fondos a la operación y se comprometerá a indicarlo siempre que deba hacer referencia a la misma, frente a terceros o a la propia ciudadanía.
  11. Someterse a las actuaciones de comprobación que, en relación con el Programa PIP, efectúe el órgano designado para verificar su realización, así como los que puedan efectuar los órganos de control competentes- autonómicos, nacionales o comunitarios- aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones de comprobación y control.
  12. Realizar el pago de los servicios prestados por las empresas proveedoras en tiempo y forma, y remitir la documentación justificativa solicitada en el plazo que le indique la Cámara de Comercio.
  13. En su caso, proceder al reintegro de las cantidades indebidamente percibidas, en los supuestos en que proceda de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

12.  Incumplimiento de las Condiciones y Obligaciones del beneficiario

El incumplimiento de lo dispuesto en la presente convocatoria, así como de los objetivos para los que se concedió la ayuda, la falta de justificación o su cumplimiento extemporáneo, o el incumplimiento de las obligaciones impuestas a los beneficiarios, será causa pérdida del derecho al cobro y/o de reintegro total de la ayuda, en su caso.

En todo caso, ante posibles incumplimientos, se tendrá en cuenta lo dispuesto el artículo 37 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

13.  Información y publicidad

En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17/12/2013, mediante la presente Convocatoria, se informa a todos los beneficiarios potenciales que los datos relativos a la identidad (denominación social, CIF y otros datos que figuren en la solicitud de participación) de quienes sean seleccionados como beneficiarios del Plan Internacional de Promoción Programa, así como el nombre de las operaciones en las que participe y cantidad de fondos públicos asignados, serán objeto de la correspondiente publicación en los términos previstos en el citado Reglamento, por la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Hacienda y Función Pública, u otro organismo que ésta designe.

Asimismo se informa que, mediante la presentación de su solicitud de participación en el Programa, todos los solicitantes autorizan que, de resultar seleccionados como beneficiarios, los datos indicados en el párrafo anterior puedan ser incluidos en la lista prevista en los citados preceptos y publicados (de forma electrónica y/o por otros medios) por la Cámara de Comercio de España así como cedidos, a los fines indicados, por esta entidad a la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio Hacienda y Función Pública, u otro organismo que ésta designe.

La aceptación de esta ayuda supone su permiso a que la Cámara de Comercio de España publique en su página web su conformidad con el siguiente texto: “Soy conocedor de que esta actuación está cofinanciada con Fondos Europeos y me comprometo a indicarlo así siempre que deba hacer referencia a la misma, frente a terceros o a la propia ciudadanía. Por la importancia que considero tienen este tipo de ayudas para nuestra empresa, es por ello por lo que valoro muy positivamente la contribución del FEDER, principal fondo de la Política de Cohesión europea, por lo que supone de impulso a nuestro trabajo y en consecuencia al crecimiento económico y la creación de empleo de la región en que me ubico y de España en su conjunto”.

Además, si finalmente es aceptada la solicitud, se publicará en la lista pública de operaciones prevista en el artículo 115, apartado 2 del Reglamento (UE) 1303/2103 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, con su nombre/razón social y el montante de la ayuda recibida.

La empresa destinataria reconoce haber sido informada de la obligación de publicación prevista en el Reglamento (UE)1303/2013, de 17 de diciembre, y , reitera su autorización expresa para que los datos relativos a la identidad (denominación social, CIF, y otros datos que figuren en la solicitud de participación en el Programa), nombre de las operaciones en que participe y cantidad de fondos públicos asignados, sean incluidos en lista prevista en el citado precepto y publicados por la Cámara de Comercio de España así como cedidos a los fines indicados por esta entidad a la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Hacienda y Función Pública u otro organismo que ésta designe.

14.  Protección de Datos Personales

De acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos [Reglamento 2016/679,  del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE], Cámara de Comercio de España con dirección en C/ Ribera del Loira 12, 28042 Madrid y Cámara de Comercio de  Cáceres, con dirección en Plaza Doctor Durán, 2 de Cáceres tratarán los datos de la EMPRESA BENEFICIARIA en régimen de corresponsabilidad. Este tratamiento de datos es necesario para la gestión del Programa Plan Internacional de Promoción (PIP). La finalidad de dicho tratamiento es posibilitar la ejecución, desarrollo, seguimiento y control del Programa Plan Internacional de Promoción (PIP). En el marco de este Programa sus datos serán comunicados a las autoridades competentes en el FEDER, organismo cofinanciador del Programa Plan Internacional de Promoción (PIP), para los mismos fines. Asimismo, sus datos podrán ser tratados con la finalidad de llevar a cabo las comprobaciones y actividades de control e inspección que, en su caso, puedan ser llevadas a cabo por las Autoridades competentes

Sus datos serán conservados por un plazo de 5 años tras la finalización del Programa con la finalidad de atender posibles responsabilidades derivadas de su participación en el mismo, salvo que fueran aplicables otros plazos.

Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación u oposición, escribiendo a cualquiera de las Cámaras a las direcciones indicadas o por correo electrónico, a info@camaracaceres.es. Deberá incluir una copia de su documento de identidad o documento oficial análogo que le identifique. Si lo considera oportuno, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.

A continuación, se recogen las direcciones de contacto de la Cámara de Comercio:

  • Plaza Doctor Durán, 2

10003 Cáceres

Tlf.: 927 627 108 / 927 626 323 / 662 183 928

Email: exporta@camaracaceres.es

blanca.jimenez@camaracaceres.es

  • Vivero Plasencia. Avda. Dolores Ibarruri, 34

10600 Plasencia

Tlf.: 927 427 252 / 927 626 323 / 662 183 928

Email: exporta@camaracaceres.es

blanca.jimenez@camaracaceres.es

  • Vivero Navalmoral de la Mata. C/ David González, s/n

10300 Navalmoral de la Mata

Tlf.: 927 538 207 / 927 626 323 / 662 183 928

Email: exporta@camaracaceres.es

blanca.jimenez@camaracaceres.es

[1] modificado por el Reglamento (UE) núm. 2020/972 de la Comisión, de 2 de julio de 2020, por el que se modifican el Reglamento (UE) núm. 1407/2013 en lo que respecta a su prórroga y el Reglamento (UE) núm. 651/2014, en lo que respecta a su prórroga y los ajustes pertinentes (DO L 215, de 07.07.2020), en adelante Reglamento (UE) núm. 1407/2013.
Se deberá tener en cuenta que no se está incurso en ninguna de las exclusiones previstas en el artículo 1 del citado Reglamento.

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Descripción

La forma de comunicarnos nos aleja o acerca a las personas y en ello radica el éxito de
la relación que establecemos con las mismas y el impacto que podemos causar en ellas.
Una buena comunicación nos proporciona llegar a personas y tener conversaciones que
abran posibilidades en cualquier ámbito de nuestra vida.

PROGRAMA

MODULO 1 (15 Horas)
– Anclar el objetivo del programa
– Descubrir tu PROPÓSITO
– Dar sentido a tu HISTORIA
– Tomar consciencia de tu TALENTO
– Ejercicios prácticos

MODULO 2 (10 Horas)
– El cuerpo físico y la voz nuestro instrumento
– Derribar resistencias: creer, confiar y mostrarse
– Manejar nuestras emociones
– Ejercicios prácticos

MODULO 3 (20 Horas)
– Conceptos básicos del Storytelling
– Saber qué vender y a quien
– Las 4 claves de nuestra historia
– Crear la semilla del relato
– Dar forma a la historia
– Ejercicios Prácticos.

MODULO 4 (15 horas)
– Nuestra historia la base para crear el storytelling de nuestra marca personal:
medios online y offline
– Preparar y hacer presentación

Objetivos

Dotar al alumnado de los conocimientos teóricos y la práctica necesaria para sentirse seguros y derribar las barreras que le frenan a la hora mostrarse y hablar en público, consiguiendo fluidez y confianza para transmitir y comunicar su historia, proyecto, producto o servicios…etc. Imprescindible en el ámbito profesional actual.

Crear el storytelling de su marca personal, herramienta poderosa de marketing y ventas. Para ello trabajamos de forma holística integrando el área mental, física y emocional de la persona convirtiéndose la experiencia en una verdadera transformación personal que impactará de forma definitiva en el futuro profesional y personal de los participantes.

Temporalización

Se imparte presencialmente, en el Vivero de Empresas de Piornal. Duración: 60 horas

¿A quién va dirigido?

Cualquier persona interesada en incrementar sus competencias y habilidades en comunicar de un modo eficaz, deleitar, conmover o persuadir a su audiencia. En particular a profesionales, emprendedores y empresarios.

Docente

Lourdes La Calle

lacallelourde@gmail.com

Coach Ontológico, Terapia Gestalt. Diplomada en Focusing. Especialista Psicológico. Enfoque Centrado en la Persona, Carl Rogers. Constelaciones Familiares y Organizacionales, Pedagogía Sistémica, Máster en Relaciones de Ayuda, Master Emprendedores, Master en Marketing On line, Mentora de Propósito, Oratoria Profesional, Libera tu Chispa Hablado en Público, Conferenciante, autora del libro HABLA A PESAR DEL MIEDO, La Llave del Cambio y HABLA DE ESTRATEGIA, La Llave del Éxito.

CONTACTO

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La Cámara de Comercio de Cáceres se acaba de incorporar al programa Somos FP Dual, la red de embajadores formada por chicos que estudian o han estudiado FP Dual y cuyo objetivo es difundir entre otros jóvenes las ventajas de este modelo de enseñanza que se desarrolla preferentemente dentro de las empresas.

Para la Cámara de Comercio de Cáceres esta incorporación a la Red permitirá reforzar el conocimiento de la FP Dual entre los estudiantes de la provincia de Cáceres. La capilaridad del sistema cameral es clave para asegurar la máxima difusión de esta modalidad formativa. Además, según señala esta entidad, la cercanía de la organización cameral al tejido productivo cacereño facilitará el acercamiento entre las empresas y los centros educativos.

En opinión de la directora de la Fundación Bertelsmann, Clara Bassols, “desde su creación, la Red no ha parado de crecer en miembros y acciones y ya cuenta con más de 260 embajadores que en 2022 han participado en cerca de 220 encuentros en diferentes lugares de toda España. El número de estudiantes que han podido conocer de primera mano las experiencias de los voluntarios prácticamente se ha duplicado hasta alcanzar los 17.100, gracias a su papel clave no solo en la difusión de la FP Dual, sino también en inspirar con sus historias personales, además de romper con los estigmas que se han creado en la sociedad”.

Por su parte, la directora general de Personas de Lidl España, Arminda Abreu, indica que “nos unimos a este proyecto desde el inicio, con el firme compromiso de seguir promoviendo modelos educativos de éxito como la FP Dual e incentivar a otras empresas a apoyar este tipo de modalidades en su compañía. Desde 2017, más de 400 alumnos han pasado por nuestros diferentes programas de FP Dual, logrando que, al finalizar su formación, tuviesen las herramientas adecuadas para formar parte de nuestra plantilla u otras organizaciones. Asimismo, alguno de ellos son hoy también embajadores de la red Somos FP Dual, sirviendo como portavoces para seguir animando a otros jóvenes y empresas a unirse a este modelo educativo”.

Cabe destacar que la Red Somos FP Dual está presente en 12 Comunidades Autónomas y cuenta ya con la participación de las Cámaras de Valladolid, León, Girona, Tortosa, Gijón, Cantabria, Ceuta, Alicante, Valencia, Campo de Gibraltar, Cáceres, A Coruña, Tarragona, Sevilla, Madrid, Murcia, Granada y Ciudad Real.

FP DUAL, UN MODELO DE ÉXITO

Los jóvenes españoles encuentran dos grandes problemas a la hora de incorporarse al mercado laboral: por un lado, la brecha existente entre su formación y las necesidades reales de las empresas; por otro, la escasez de demanda de determinados grados impide a las empresas encontrar mano de obra cualificada. Para solventar ambos problemas, se puso en marcha en 2012 un nuevo modelo de enseñanza: la FP Dual, que permite a los jóvenes cursar gran parte de su formación en la empresa y que cuenta con una inserción laboral del 70%, llegando, incluso, al cien por cien en algunos programas.

Sin embargo, desde su implantación menos del 5% de los estudiantes escoge este modelo, bien porque no lo conocen o porque no se ofrece en los centros educativos por la falta de empresas donde realizar la formación práctica. Conscientes de ello, la Fundación Bertelsmann y LIDL Supermercados decidieron en 2018 crear una red de jóvenes estudiantes de FP Dual que se convirtiesen en embajadores del modelo y que, a través de sus experiencias personales, animasen a otros chicos a realizar estos estudios. Al proyecto se unió posteriormente la Cámara de Comercio de España con la cofinanciación del Fondo Social Europeo.

LA NUEVA LEY DE FORMACIÓN PROFESIONAL CUMPLE UN AÑO

El pleno del Congreso de los Diputados aprobó hace un año la nueva Ley de Formación Profesional. Esta norma pretende una transformación global del sistema de Formación Profesional y convertirlo en un sistema único que sea puerta a un empleo de calidad para los jóvenes, que sea capaz de responder con flexibilidad a los intereses, las expectativas y las aspiraciones de cualificación profesional de las personas a lo largo de su vida y a las demandas de los sectores productivos. Según datos del MEFP, durante el curso 2016-17, los estudiantes matriculados en FP Dual eran 20.357 en toda España y solo cuatro años después, en el curso 2020-2021, se habían casi duplicado, alcanzando los 37.841. El objetivo es que esta cifra aumente exponencialmente en los próximos años.

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CONVOCATORIA COMPETITIVIDAD TURÍSTICA 2023 PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO A LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR TURÍSTICO, ASÍ COMO PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DECÁCERES

La Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, junto con la Cámara de Comercio de Industria y Servicios de la provincia de Cáceres, han puesto en marcha el Programa de Competitividad Turística en el marco del Programa Operativo “Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2014-2020”, con aplicación en el territorio nacional, dentro del Eje 1 “Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación”, Objetivo Específico OE.1.2.1.

Para ello, el Programa pone a disposición de las pymes las siguientes acciones:

  • Fase I: Diagnóstico asistido para la realización de un análisis exhaustivo personalizado sobre diferentes aspectos y posibilidades de mejora de las empresas del sector turístico, en el que se realizará una propuesta de proyectos de innovación y/o soluciones TIC específicos, así como un informe de recomendaciones sobre materias prioritarias para la empresa relacionadas con innovación, TIC y medioambiente.
  • Fase II: Ayudas económicas para la implantación de las soluciones identificadas en el Plan Personalizado de Implantación, definido previamente con el Asesor de Turismo de la Cámara. Este plan recogerá las características de los proyectos a implantar, los proveedores seleccionados libremente por la empresa para acometer los mismos y la financiación comprometida.
  1. ENTIDAD convocante

La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de la provincia de Cáceres (en lo sucesivo, la “Cámara de Comercio de Cáceres o la “Cámara”), Corporación de derecho público con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, regida por la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación España y por la Ley 3/2018 de 21 de Febrero de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  1. Régimen jurídico

La concesión de las ayudas se regirá por lo dispuesto en la presente convocatoria de conformidad con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

Asimismo, son de aplicación al Programa, en la medida en que las actuaciones son cofinanciadas con fondos FEDER de la Unión Europea, el Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n ° 1083/2006 del Consejo; y el Reglamento (UE) n ° 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n ° 1080/2006 , así como las normas comunitarias aplicables en cada caso y las normas nacionales de desarrollo o transposición de aquéllas.

La presente convocatoria tiene por objeto promover la participación de las empresas (micro, pequeñas y medianas) y las personas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la demarcación cameral de la Cámara de Comercio de Cáceres en el Programa de Competitividad Turística, mediante la puesta a su disposición de los servicios de los servicios y ayudas que se detallan en el apartado 6 “Presupuesto y cuantía de las ayudas” de esta convocatoria.

  1. Requisitos de los beneficiarios

Las condiciones imprescindibles para ser beneficiarios del programa de ayudas son:

  • Ser una Pyme, según la definición recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 (http://www.boe.es/doue/2014/187/L00001-00078.pdf) o autónomo. Quedan excluidas de esta convocatoria las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.
  • Estar dada de alta en fecha anterior a la publicación de la presente convocatoria en alguno de los siguientes epígrafes del Censo IAE:
  • SECCIÓN PRIMERA: Epígrafes 67, 68, 72, 73, 755 Y 98.
  • SECCIÓN SEGUNDA: Epígrafes 52, 59, 882 Y 883

Independientemente de los citados epígrafes del IAE en los que estén dadas de alta, quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la agricultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del TFUE.

  • Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Cáceres, de conformidad con los datos recogidos en el censo.

En el caso de que una empresa posea varias sedes, o centros productivos, el centro destinatario y directamente beneficiario del Programa ha de estar ubicado en alguno de los municipios anteriormente citados.

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.

  • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 18, del Reglamento (UE) Nº 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y conforme a la definición establecida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C149/01).
  • Cumplir la norma de minimis, según lo dispuesto en el Reglamento UE Nº1407/2013, de la Comisión, de 18.12.2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L 352 de 24.12.2013)[1]
    (la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros o 100.000 euros en el caso de las empresas que operen en el sector transporte por carretera, durante cualquier período de tres ejercicios fiscales)
  • No haber resultado beneficiaria de la Fase II del Programa de Competitividad Turística en anteriores anualidades, con posterioridad al 31/12/2015.
  • Podrán optar directamente a la Fase II aquellas Pymes y autónomos que:
  1. Hayan justificado documentalmente su participación previa en la Fase I del Programa, en la presente convocatoria o dentro de la anualidad anterior a la misma, (y que no hayan sido beneficiarias de Fase II); o
  2. acrediten haber participado en el último año en un programa similar de asesoramiento para la incorporación de la innovación y las TIC en las pymes del sector turístico, de organismos públicos de promoción del sector turístico de las Comunidades Autónomas, Cámaras de Comercio u otros organismos públicos regionales o locales, siempre que cumplan los requisitos del anexo a la presente convocatoria.
  • Cumplir la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

Los extremos enumerados anteriormente se acreditarán mediante la aportación de la siguiente documentación:

  • Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones de participación (según Anexo II de esta convocatoria)
  • DNI del solicitante (en caso de persona física) o DNI del firmante de la solicitud con poderes suficientes (en caso de persona jurídica).
  • En el caso de personas jurídicas:
  • Poder de representación de la persona que presenta la solicitud (la persona firmante deberá tener la condición de representante legal de la empresa).
  • Acta de titularidad real de la empresa, en su defecto, escritura pública en la que se pueda identificar al titular real de la empresa solicitante.
  • Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa.
  • En el caso de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, la empresa autoriza a la Cámara de Comercio a realizar la consulta telemática de su situación con AEAT y Seguridad Social, a efectos de la Ley General de Subvenciones, conforme a n lo dispuesto en el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 2.4 de la Orden de 18 de noviembre de 1999 por la que se regula el suministro de información tributaria a las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones, así como los supuestos contemplados en el artículo 113.1 (actual artículo 95.1) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Esta autorización se otorga, exclusivamente, a los efectos del reconocimiento, seguimiento y control de los requisitos establecidos en programa objeto de la presente solicitud, pudiendo ser revocada, en cualquier momento, mediante escrito dirigido a la Cámara de Comercio.

6.      Presupuesto y cuantía de las ayudas

El presupuesto máximo de ejecución del Programa con cargo a esta convocatoria es de 19299,20 euros, en el marco del «Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2014-2020».

El presupuesto queda dividido de la siguiente manera:

6.1   SERVICIOS DE APOYO PARA LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS PYME TURÍSTICAS

El presupuesto disponible en esta convocatoria para los servicios de apoyo a la mejora de la competitividad turística es de 5299.20 Euros.

Estos servicios son gratuitos para las empresas y se realizan en el marco de las funciones de carácter público-administrativo encomendadas a las Cámaras de Comercio en la Ley Básica 4/2014, para fortalecer el tejido empresarial, y se dividen en los siguientes tipos:

  • Fase I: Diagnóstico asistido 
  • Fase II: Seguimiento de la implantación

Estos servicios serán cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y por la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura.

El coste de estos servicios será prefinanciado en su totalidad por la Cámara de Comercio, no suponiendo desembolso alguno por parte de la PYME beneficiaria.

6.2. AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA IMPLANTACIÓN DE SOLUCIONES EN LAS PYME TURÍSTICAS

El presupuesto disponible en esta convocatoria para las ayudas económicas para la implantación de las soluciones es de 14000 Euros, con lo que se prevé una participación estimada de 2 empresas

El porcentaje máximo de ayuda la a percibir por cada empresa será del 80% de la inversión realizada sobre un coste máximo elegible de 7.000 €, por lo que la cuantía máxima de la ayuda será de 5600 euros

1 El IVA, IGIC e impuestos de naturaleza similar no serán elegibles conforme a las normas del programa recogidas en el Anexo IV

El referido coste elegible asociado a la implantación de las soluciones incluidas en la fase II será variable en cada caso, fijándose un máximo de 7.000 € que serán pre financiados en su totalidad por la empresa destinataria, quien recuperará el 80% del coste elegible asociado a la inversión realizada según los términos y cuantías acordados en su plan de implantación, siempre y cuando se justifique la inversión realizada en los términos y plazos acordados.

La financiación del importe elegible para el desarrollo de la implantación es aportada en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea en el Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2014-2020 (POPE) y en un 20% por la empresa beneficiaria.

En el marco del Programa no se excluye que las PYME pueda abordar implantaciones de mayor cuantía, si bien la intensidad de la ayuda no excederá del 80% de la inversión realizada sobre el máximo de 7.000 € por empresa.

  1. Gastos Subvencionables

Desde el programa se subvencionarán los gastos asociados a la ejecución del Plan por los asesores o proveedores libremente seleccionados por la empresa beneficiaria, según el Plan de Implantación de soluciones innovadoras definido en el marco del Programa.

Para que dichas inversiones sean subvencionables, habrán de serlo los gastos a los que se apliquen los fondos en los términos establecidos en la presente convocatoria y en el Anexo IV “Condiciones de Participación y Tipología y Justificación de Gastos elegibles de la Fase de Ayudas”.

Todos los gastos/inversiones deberán iniciarse con posterioridad a la presentación de la solicitud de subvención (documento de participación en Fase II, y contar siempre con el visto bueno de la Cámara de Comercio, que supervisará que en todo caso se trate de precios de mercado. Igualmente, deberán estar efectivamente finalizados y pagados antes de la fecha que se indique en el convenio DECA Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda) firmado con la Cámara de Comercio.

En cuanto al régimen de los gastos subvencionables  se estará a lo dispuesto  en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en virtud del cual cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público para el contrato menor, el beneficiario habrá de solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren.

El beneficiario no podrá contratar en ningún caso la ejecución del plan con empresas y/o autónomos vinculados, entendiendo la vinculación en los términos recogidos en el art. 68.2 del Reglamento de la Ley, General de Subvenciones (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio).

  1. Presentación de solicitudes

Los interesados, tanto personas jurídicas como personas físicas (empresarios individuales o autónomos), sólo podrán presentar su solicitud y documentación que se acompañe a la misma, a través del formulario habilitado a tal efecto en la Sede electrónica https://sede.camara.es/sede/caceres  en los términos previstos en la presente convocatoria.

El texto de la convocatoria y sus correspondientes Anexos están disponibles en dicha Sede electrónica y en la página web de la Cámara de Comercio https://www.camaracaceres.com/convocatorias-proyectos-europeos

El plazo para la presentación de solicitudes en la referida Sede se abrirá a las 09:00h, una vez transcurridos 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín en el Boletín Oficial de la provincia de Cáceres, y hasta las 14:00h del día 31 de marzo de 2023, si bien el plazo podrá acortarse en caso de agotarse el presupuesto.

Sólo se admitirá a trámite la presentación de una solicitud por empresa [o autónomo].

La solicitud de participación se firmará electrónicamente por el interesado o por la persona que acredite su representación legal por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de su existencia. El firmante de la solicitud deberá acreditar que en el momento de la presentación de la solicitud tiene representación suficiente para el acto.

El solicitante deberá disponer de certificado electrónico reconocido. En la dirección de Internet señalada anteriormente figura el listado de autoridades de certificación cuyos certificados son admitidos por la Sede electrónica.

Si un mismo interesado presentara diferentes solicitudes a esta convocatoria, se tomará en consideración únicamente la primera registrada en plazo en la Sede electrónica y no se admitirán a trámite las posteriores.

No se admitirá a trámite ninguna solicitud que se haya presentado por canales distintos a la Sede electrónica o con posterioridad a la fecha límite de presentación de solicitudes establecida en la presente convocatoria.

Sólo se considerarán  válidamente presentadas aquellas solicitudes que cumplan las siguientes condiciones mínimas : I) los campos identificados como obligatorios en el formulario de solicitud de la Sede deben estar debidamente cumplimentados y su contenido resultar comprensible y coherente con la información solicitada, y II) los documentos obligatorios que se adjunten al formulario de solicitud de participación deben referirse a la empresa solicitante y su contenido responder claramente a la finalidad con la que se solicitan, no admitiéndose los documentos que no cumplan estas condiciones.

El incumplimiento de alguna de las citadas condiciones mínimas, que no obedezca a errores materiales o aritméticos, conllevará la inadmisión a trámite de la solicitud.

Las solicitudes que cumplan las condiciones mínimas establecidas serán objeto de valoración, siempre que exista disponibilidad presupuestaria.

Si la solicitud y/o documentación aportada contuviera errores subsanables, se requerirá a la entidad solicitante, para que, en el plazo de 10 días hábiles, computados desde el día siguiente al de la recepción del requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de la solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La documentación se presentará por los medios electrónicos previstos en la convocatoria.

Podrán admitirse solicitudes que superen el cupo establecido al efecto de disponer de una lista de espera (de 5 empresas) para el caso de que alguna de las solicitudes admitidas desistiese del proceso o bien la ejecución final fuera inferior a la estimada y quedaran remanentes disponibles.

La presentación de la solicitud supone la aceptación expresa de los requisitos, condiciones y obligaciones contenidos en la presente convocatoria.

Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de la información proporcionada y los documentos proporcionados.

  1. Procedimiento de concesión, criterios de selección y resolución

La concesión de ayudas respetará los principios de publicidad, transparencia, libre concurrencia, igualdad y no discriminación y estará limitada a las disponibilidades presupuestarias.

Las solicitudes de participación y admisión de empresas al Programa serán seleccionadas por estricto orden de registro de entrada.

El Departamento de Crecimiento Empresarial y Proyectos Europeos de la Cámara de Comercio de Cáceres será el instructor del procedimiento, mientras que el Secretario General de la mencionada entidad será el órgano competente para su resolución.

La resolución de las solicitudes será comunicada de manera individualizada a los beneficiarios a través de la Sede Electrónica de la Cámara de Comercio.

El listado de admitidos, denegados y lista de espera de la convocatoria podrá consultarse desde el siguiente link: https://www.camaracaceres.com/resolucionturismo2023

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de 6 meses a partir de la publicación de la convocatoria.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Administración tutelante de la Cámara de Comercio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el artículo 36 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución expresa, podrá entenderse desestimado el recurso, pudiendo interponer el interesado en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo.

  1. Tramitación

La tramitación de la ayuda a aquellas Pymes cuya solicitud haya sido aprobada, se realizará a través de la firma de un Convenio de participación en el Programa entre el beneficiario participante y la Cámara de Comercio.

En el citado Convenio, que se adjunta a esta Convocatoria como Anexo III, se establecen las condiciones de participación en el Programa y las condiciones de la ayuda (DECA).

En el momento de la firma del convenio de participación en el programa las empresas admitidas deberán estar al corriente de sus obligaciones tanto tributarias como de Seguridad Social.

  1. Justificación y pago de la ayuda

Por justificación se entenderá, en todo caso, la aportación de los documentos justificativos de los gastos realizados, debiendo comprender el gasto total de la actividad subvencionada, aunque la cuantía de la subvención sea inferior.

La justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención, de la aplicación de los fondos recibidos, de las condiciones impuestas y de la consecución de la finalidad u objetivos previstos en la convocatoria, será realizada por las empresas beneficiarias.

La justificación económica se realizará de acuerdo con la Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el periodo 2014-2020. En este sentido, todos los gastos subvencionables deberán corresponder de manera indubitada a la operación cofinanciada. En cualquier caso, la elegibilidad final de los gastos vendrá determinada por lo recogido en el Anexo IV Condiciones de participación, justificación y gastos elegibles de la Fase de Ayudas

La justificación de la ayuda será gestionada de la siguiente manera:

  1. La fecha máxima de ejecución y pago de las soluciones incluidas en el Plan Personalizado de Implantación será el 31 de agosto de 2023.
  2. La justificación completa de los gastos deberá realizarse hasta el 15 de septiembre de 2023, a través de la plataforma electrónica de justificación de ayudas: https://justifica.camaras.es/ayudas, siguiendo en todo caso, las instrucciones recogidas en el Anexo IVTipología gastos elegibles y justificación de gastos elegibles de la Fase de Ayudas”.
  3. Transcurrido el plazo de justificación, sin que se haya presentado la misma, la Cámara de Comercio requerirá a la empresa beneficiaria que aporte la documentación en el plazo máximo de 15 días hábiles. La falta de presentación en este nuevo plazo será causa de revocación y, por tanto, conllevará la pérdida del derecho al cobro de la ayuda.
  4. Si en el proceso de revisión se apreciara la existencia de defectos subsanables en la justificación presentada por el beneficiario, se pondrá en conocimiento de éste, concediéndole un plazo de diez días hábiles para su corrección.
  5. La Cámara de Comercio podrá requerir a la empresa beneficiaria cuanta documentación estime pertinente para acreditar el cumplimiento de las condiciones de participación y obligaciones del beneficiario.
  6. Una vez aprobados los gastos presentados, la Cámara de Comercio de España abonará a la empresa beneficiaria la financiación europea, mediante transferencia bancaria.

La empresa deberá demostrar, con carácter previo al pago de la ayuda, que está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. A tal efecto, la empresa autoriza a la Cámara de Comercio de España a verificar de manera telemática que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social, a efectos de lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, conforme al artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 2.4 de la Orden de 18 de noviembre de 1999 por la que se regula el suministro de información tributaria a las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones, así como los supuestos contemplados en el artículo 113.1 (actual artículo 95.1) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Esta autorización se otorga, exclusivamente, a los efectos del control previo la tramitación del pago de la ayuda pudiendo ser revocada, en cualquier momento, mediante escrito dirigida a la Cámara de Comercio de España

Por último, la Cámara de Comercio de España certificará los mismos ante el FEDER.

  1. Acumulación y compatibilidad

En cumplimiento de lo dispuesto en el reglamento (UE) Nº1407/2013, de la Comisión, estas ayudas se acogen al régimen de minimis, en virtud del cual la ayuda total concedida a una única empresa no podrá ser superior a 200.000 euros – o a 100.000 euros si se trata de una única empresa que realice por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera durante el ejercicio fiscal en curso y durante los ejercicios fiscales anteriores.

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones otorgadas por cualquier entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada.

La percepción de las ayudas reguladas en la presente convocatoria, cuyo importe en ningún caso podrá superar el coste de la actividad subvencionada, son compatibles con cualquier otra subvención o ayuda para distinto objeto y finalidad.

13.  Obligaciones de los beneficiarios

Serán obligaciones de los beneficiarios las que se deriven de los objetivos del Programa y del cumplimiento de las condiciones operativas, económicas, de información y control que se establecen en la presente convocatoria y en el convenio de participación:

  1. Participar activamente en la consecución de los objetivos del Programa De Competitividad Turística.
  2. Cumplir cuantas obligaciones se deriven de la normativa que afecta a la cofinanciación por el FEDER de la ayuda objeto de la presente convocatoria.
  3. Contestar a cualquier requerimiento que el Asesor/Tutor, la Cámara, la Cámara de Comercio de España o los órganos de control, seguimiento y control del Programa le soliciten, referente a su participación en el Programa de Competitividad Turística.
  4. Comunicar a la CÁMARA la modificación de cualquier circunstancia que afecte a alguno de los requisitos exigidos para la concesión de la ayuda.
  5. Conservar los documentos originales de los gastos aprobados en el marco del Programa durante un plazo de tres años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación, de acuerdo con lo establecido en el art.140 del Reglamento (UE) nº 1303/2013.
  6. Disponer de un sistema de contabilidad separada o un código contable adecuado en relación con todas las transacciones (gastos e ingresos) de las operaciones presentadas a cofinanciación (art. 125.4.b del Reglamento (UE) 1303/2013).
  7. Aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas en el ámbito de gestión: control de calidad y transparencia en la contratación, control de posibles conflictos de intereses, control de posibles falsificaciones. Igualmente, deberá informar a la Cámara de Comercio de los casos o sospechas de fraude detectadas, a la mayor brevedad posible, y de las medidas que se apliquen para su corrección y persecución.
  8. Contar con la capacidad administrativa, financiera y operativa, adecuadas para ejecutar la operación.
  9. Dar su consentimiento para que sus datos sean incluidos en la lista publicada de conformidad con el art. 115 apartado 2) del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de17/12/2013, siendo conocedora de que la aceptación de la ayuda, supone su aceptación a ser incluidas en la mencionada lista.
  10. Informar de la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos en relación a la operación cofinanciada por el Programa.
  11. Cumplir las obligaciones de difusión y comunicación relativas al apoyo de los Fondos FEDER a la operación, que le serán indicadas desde la Cámara de Comercio, establecidas en el artículo 115 del Reglamento (UE) 1303/2013, y desarrolladas en el Anexo XII de dicho Reglamento Así, en todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo, el beneficiario deberá reconocer el apoyo de los Fondos a la operación y se comprometerá a indicarlo siempre que deba hacer referencia a la misma, frente a terceros o a la propia ciudadanía.

Colaborar con el desarrollo del Programa de Competitividad Turística ofreciendo su valoración cuando sea necesario y contribuyendo a la difusión de las actividades realizadas.

  1. Realizar el pago por los servicios y/o implantación de soluciones tecnológicas a la(s) empresa(s) proveedora(s), en tiempo y forma, y remitir la documentación justificativa solicitada en el plazo que le indique la Cámara.
  2. Someterse a las actuaciones de comprobación que, en relación con el Programa de Competitividad Turística, efectúe el órgano designado para verificar su realización, así como los que puedan efectuar los órganos de control competentes- autonómicos, nacionales o comunitarios- aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones de comprobación y control.
  3. En su caso, proceder en tiempo y forma al reintegro de las cantidades indebidamente percibidas, en los supuestos en que proceda de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.
  4. Proporcionar la información necesaria para la realización del Diagnóstico Asistido.
  5. Cooperar con el Asesor Cameral mostrando una adecuada disposición para la recepción de los servicios y la obtención del máximo aprovechamiento.
  6. Remitir, en tiempo y forma la documentación solicitada.
  7. Valorar las ofertas remitidas por las empresas proveedoras, en relación a los proyectos de implantación de las diferentes soluciones.

Realizar valoraciones sobre el servicio prestado por las empresas proveedoras presentando las disconformidades si fueran necesarias.

14.  InCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES Y OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

El incumplimiento de lo dispuesto en la presente convocatoria, así como de los objetivos para los que se concedió la ayuda, la falta de justificación o su cumplimiento extemporáneo, o el incumplimiento de las obligaciones impuestas a los beneficiarios, será causa pérdida del derecho al cobro y/o de reintegro total de la ayuda, en su caso.

En todo caso, ante posibles incumplimientos, se tendrá en cuenta lo dispuesto el artículo 37 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

15.  Información y publicidad

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 115 del Reglamento (UE) 1303/2013 de la Comisión de 17 de diciembre de 2013, mediante la presente Convocatoria se informa a todos los beneficiarios potenciales que los datos relativos a su identidad (denominación social, CIF y otros datos que figuren en la solicitud de participación en el Programa) de quienes sean seleccionados como beneficiarios del Programa De Competitividad Turística, nombre de las operaciones en que participe y cantidad de fondos públicos asignados, serán objeto de la correspondiente publicación en los términos previstos en el citado Reglamento, por la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Hacienda y Función Pública u otro organismo que ésta designe.

Asimismo, se informa de que mediante la presentación de su solicitud de participación en el Programa, todos los solicitantes autorizan que, de resultar seleccionados como beneficiarios, los datos indicados en el párrafo anterior puedan ser incluidos en la lista prevista en los citados preceptos y publicados (de forma electrónica y/o por otros medios) por la Cámara de Comercio de España, así como cedidos, a los fines indicados, por esta entidad a la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Hacienda y Función Pública, u otro organismo que ésta designe.

La aceptación de esta ayuda supone además el permiso para que la Cámara de Comercio de España:

  • Publique en su página web la conformidad del beneficiario con el siguiente texto: “Soy conocedor de que esta actuación está cofinanciada con Fondos Europeos y me comprometo a indicarlo así siempre que deba hacer referencia a la misma, frente a terceros o a la propia ciudadanía. Por la importancia que considero tienen este tipo de ayudas para nuestra empresa, es por ello que valoro muy positivamente la contribución del FEDER, principal fondo de la Política de Cohesión europea, por lo que supone de impulso a nuestro trabajo y en consecuencia al crecimiento económico y la creación de empleo de la región en que me ubico y de España en su conjunto
  • Además de la inclusión, si finalmente es aceptada la solicitud, igualmente se publicará en la lista pública de operaciones prevista en el artículo 115, apartado 2 del Reglamento (UE) 1303/2103 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, con el nombre/razón social y el montante de la ayuda recibida.
  1. Protección de datos personales

De acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos [Reglamento 2016/679,  del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE], Cámara de Comercio de España con dirección en C/ Ribera del Loira 12, 28042 Madrid y Cámara de Comercio de Cáceres, con dirección en Plaza del Doctor Durán 2, 10003 Cáceres, tratarán los datos de LA EMPRESA BENEFICIARIA en régimen de corresponsabilidad. Este tratamiento de datos es necesario para la gestión del Programa De Competitividad Turística. La finalidad de dicho tratamiento es posibilitar la ejecución, desarrollo, seguimiento y control del Programa De Competitividad Turística. En el marco de este Programa sus datos serán comunicados a las autoridades competentes en el FEDER, organismo cofinanciador del Programa De Competitividad Turística, para los mismos fines. Asimismo, sus datos podrán ser tratados con la finalidad de llevar a cabo las comprobaciones y actividades de control e inspección que, en su caso, puedan ser llevadas a cabo por las Autoridades competentes.

Sus datos serán conservados por un plazo de 5 años tras la finalización del Programa con la finalidad de atender posibles responsabilidades derivadas de su participación en el mismo, salvo que fueran aplicables otros plazos.

Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación u oposición, escribiendo a cualquiera de las Cámaras a las direcciones indicadas o por correo electrónico, a lopd@camaracaceres.es. Deberá incluir una copia de su documento de identidad o documento oficial análogo que le identifique. Si lo considera oportuno, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.

La Cámara de Comercio de Cáceres es la entidad convocante de las ayudas de la presente convocatoria y no colabora con empresas externas para la gestión de las subvenciones contempladas en el programa.

La Cámara de Comercio de Cáceres no se hace responsable de las informaciones que los solicitantes puedan recibir por vías distintas a esta convocatoria oficial.

[1] modificado por el Reglamento (UE) núm. 2020/972 de la Comisión, de 2 de julio de 2020, por el que se modifican el Reglamento (UE) núm. 1407/2013 en lo que respecta a su prórroga y el Reglamento (UE) núm. 651/2014, en lo que respecta a su prórroga y los ajustes pertinentes (DO L 215, de 07.07.2020), en adelante Reglamento (UE) núm. 1407/2013.
Se deberá tener en cuenta que no se está incurso en ninguna de las exclusiones previstas en el artículo 1 del citado Reglamento.

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Descripción

1. CONSTRUCCIÓN DE MARCA
– ¡ SER HUMANO ESTÁ DE MODA!
– CONOCER EL PODER DEL IKIGAI
– PERFIL A PUNTO.
– JERARQUÍA DE LOS FORMATOS.
– JERARQUÍA DE LA INTERACCIÓN.
– CLASE DE NIVELACIÓN 1: CONOCE LA PLATAFORMA.
– FÓRMULA 70/30.
– IDENTIFICA TUS OBJETIVOS Y ACCIONES.
– ACCIONES PARA TU MARCA.
– CLASE DE NIVELACIÓN 2: HISTORIAS.

2. CONTENIDOS DE VALOR:
– IDENTIFICA NECESIDADES.
– PILARES DE CONTENIDO.
– EXPLOTA TU CREATIVIDAD.
– CUENTA HISTORIAS: STORYTELLING.
– CLASE DE NIVELACIÓN 3: FOTOS Y VÍDEOS.
– SIGUE POTENCIANDO LA CREATIVIDAD.
– MUESTRA TU CARISMA.
– FÓRMULA DAS.

3. LOS ALGORITMOS:
– ¿QUÉ QUEREMOS? ¡VENDER!
– NO ES UNO: ¡SON VARIOS ALGORITMOS!.
– ¡NO AL HOMBRE INVISIBLE!
– PARA MEJORAR LA INTERACCIÓN.
– CLASE DE NIVELACIÓN 5: LIVE.
– AUMENTA EL TIEMPO DE RETENCIÓN.
– EL MEJOR TRUCO.
– ¡CUIDADO TE PENALIZAN!.
– CLASE DE NIVELACIÓN 6: CARRUSELES.

4. VENTAS Y PROMOCIÓN.
– LANZA UN PRODUCTO ESTRELLA.
– TU ELEMENTO DIFERENCIADOR.
– VENDE EXPERIENCIAS.
– FÓRMULA AIDA.
– ETAPAS DEL MÁRKENTING.
– EMBUDO DE CONVERSIÓN.
– INSTAGRAM SHOPPING.
– ADMINISTRADOR DE AVISOS DE FACEBOOK.
– EL MEJOR APRENDIZAJE: CONSTANCIA.

La entrada caduca domingo, 30 abril 2023 12:58:00

Objetivos

– Aportar los conocimientos básicos de las redes sociales para un/a emprededor/a
– Aprender a gestionar las redes sociales de un negocio
– Conocer el trabajo de un community manager.
– Comprender el lenguaje del diseño gráfico como herramienta fundamental empresarial.
– Introducirse en metodologías de trabajo creativas aplicadas al emprendimiento.
– Comprender qué es el branding y la identidad corporativa de una empresa.
– Dar herramientas para poder aplicar la identidad visual en el día a día de nuestro negocio.

Temporalización

150 horas presencial en el Vivero de Empresas de NAVALMORAL DE LA MATA

¿A quién va dirigido?

A personas mayores de 18 años, con ganas de recibir acciones formativas concretas y de calidad, que le permitan mejorar sus competencias emprendedoras y empresariales, dirigidas al fomento del autoempleo y la actividad empresarial.

CONTACTO